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title: "¿Lo sabías? Abuelos pueden cobrar la asignación de sus nietos a cargo: cómo gestionar el trámite 👴👵🧒💰💡📋"
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description: "ANSES permite cambiar el titular del cobro cuando el menor vive con otro familiar. El trámite se llama Adenda 63."
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# ¿Lo sabías? Abuelos pueden cobrar la asignación de sus nietos a cargo: cómo gestionar el trámite 👴👵🧒💰💡📋

Los jubilados que tienen a sus nietos u otros menores a cargo pueden pedir el cambio de titular de una asignación familiar cuando son ellos quienes conviven con el chico y se ocupan de su cuidado diario. El trámite se conoce como **Adenda 63** y lo gestiona **ANSES**.

El mecanismo sirve para adecuar el cobro de la prestación cuando la persona registrada como titular ya no es quien tiene al niño o adolescente bajo su responsabilidad. El derecho de cobro pasa entonces al familiar o referente afectivo que convive con el menor y garantiza su manutención.

Así, un abuelo o abuela que tenga a su nieto a cargo y pueda demostrarlo puede solicitar que la prestación se deposite a su nombre, siempre que cumpla los requisitos del trámite. El cambio no modifica el beneficio que le corresponde al niño, sino quién queda autorizado a cobrarlo según quién ejerce su cuidado real.

**Quiénes pueden pedir el cambio de titular**

Además de abuelos y abuelas, pueden solicitarlo tíos, tías, hermanos o hermanas mayores de edad y otros referentes afectivos que acrediten tener al menor a su cargo. También pueden gestionarlo padres o madres que no sean titulares de la prestación en casos de violencia, abandono u otras situaciones que requieran intervención de organismos de protección de la niñez.

Una vez aprobado el cambio, el nuevo titular empieza a cobrar los montos correspondientes. Cuando la asignación se paga a través del **SUAF**, el depósito es mensual y sin retenciones, según la escala de ingresos vigente.

**Qué documentación hay que presentar**

Para iniciar el trámite hace falta el **DNI** original y una copia del solicitante y del menor, más la partida de nacimiento actualizada. También se piden certificados que demuestren la convivencia y el cuidado diario, como informes sociales, constancias escolares o médicas.

Entre los requisitos puede pedirse un informe técnico elaborado por organismos habilitados, como la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (**SENAF**) o las áreas provinciales correspondientes. Con toda la documentación, se arma el expediente que se envía a **ANSES**, que evalúa la solicitud y actualiza la titularidad para que cobre quien realmente tiene al menor a su cargo.

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