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title: "Confirman un bono de $70.000 para jubilados y pensionados en octubre"
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description: "El Decreto 1108/2026 fijó un bono extraordinario previsional de hasta $70.000. El pago alcanzará a jubilados, pensionados y beneficiarios de ANSES según sus haberes."
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date_published: "2026-09-28T09:20:00-03:00"
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category_name: "Argentina"
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# Confirman un bono de $70.000 para jubilados y pensionados en octubre

El gobierno oficializó mediante el Decreto **1108/2026**, publicado la madrugada de este **lunes 28 de septiembre** en el Boletín Oficial, el pago de un bono extraordinario previsional para jubilados y pensionados que se abonará en **octubre de 2026**. La medida fija un monto máximo de **pesos setenta mil ($70.000)** y establece distintos criterios de cobro según el nivel de haberes. El alcance es relevante porque impacta sobre prestaciones nacionales administradas por la **ANSES** y sobre pensiones no contributivas y graciables.

**Alcance de la medida** El artículo 1 del decreto dispone que el bono se otorga a los beneficiarios comprendidos en el artículo 2 y cuyos haberes previsionales encuadren en los parámetros fijados en los artículos 3 y 4. El texto incluye a las personas titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la **Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)**, otorgadas por la Ley **24.241**, por regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, por regímenes especiales derogados, o por ex cajas o institutos provinciales y municipales transferidos a la Nación. También abarca las prestaciones del régimen del Decreto **160/05**.

**Quiénes lo cobran** La norma incorpora además a las personas beneficiarias de la **Pensión Universal para el Adulto Mayor**, creada por el artículo 13 de la Ley **27.260**. A su vez, alcanza a quienes perciben pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de **siete (7)** hijos o más, y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables a cargo de la **ANSES**. El decreto distingue entre quienes cobran hasta el haber mínimo previsional garantizado y quienes superan ese piso.

**Criterio para el pago completo** Para los titulares cuya suma de haberes vigentes sea menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, establecido por el artículo 125 de la Ley **24.241**, el bono será pagado en su totalidad, según lo previsto en el artículo 1. En cambio, para quienes perciban un importe superior a ese haber mínimo, el bono será por el monto necesario para alcanzar el tope resultante de sumar el haber mínimo y el bono máximo fijado por la norma. Ese mecanismo evita que el beneficio se liquide por encima del límite establecido por el decreto.

**Marco previsional** La publicación en el Boletín Oficial convierte la medida en vigente para el cronograma de pagos de **octubre de 2026**. El decreto no modifica el esquema general de movilidad previsional, pero sí agrega un refuerzo extraordinario sobre un universo de beneficiarios definido por la propia norma. La aplicación concreta dependerá de la liquidación que realice la **ANSES** conforme a los parámetros del texto oficial. El próximo dato a seguir es la instrumentación operativa del pago y su impacto sobre cada categoría alcanzada.

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