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title: "El Gobierno anuló la restitución de pensiones por invalidez a 21.800 personas"
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description: "La medida deja sin efecto beneficios restituidos y fija 60 días para pedir la rehabilitación. Los trámites podrán hacerse en el PAMI, en áreas oficiales y por vías digitales."
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date_published: "2026-10-29T09:03:00-03:00"
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# El Gobierno anuló la restitución de pensiones por invalidez a 21.800 personas

El **Gobierno nacional** dejó sin efecto la restitución de las pensiones no contributivas por invalidez de más de **21.800** personas, que ahora deberán pedir la rehabilitación de sus beneficios dentro de un plazo de **60 días corridos** desde la notificación. La decisión impacta sobre prestaciones que habían sido restituidas tras las auditorías y vuelve a poner en trámite administrativo la revisión de cada caso.

La medida fue oficializada este **jueves** mediante dos resoluciones de la **Secretaría Nacional de Discapacidad**, dependiente del **Ministerio de Salud**, publicadas en el **Boletín Oficial**. Según la norma, los beneficiarios alcanzados deberán presentar documentación para acreditar el derecho a percibir la prestación. El alcance concreto surge del anexo de la Resolución **3695/2026**, que anuló los efectos de la Resolución **13901/25**.

De acuerdo con el listado oficial, las pensiones alcanzadas son más de **21.800** y sus pagos habían sido interrumpidos en su mayoría entre **junio** y **agosto de 2025**. La restitución previa había sido dispuesta el **23 de octubre de 2025**, en cumplimiento de una medida cautelar del **Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca**, en una causa iniciada por el **Defensor del Pueblo** y otros contra la entonces **Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)**.

**Plazo y documentación** La nueva normativa establece que las personas incluidas en el anexo podrán solicitar la rehabilitación dentro de los **60 días corridos** posteriores a la notificación. Para hacerlo, deberán presentar documentación médica actualizada, renovar datos personales o aportar antecedentes que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio. La evaluación final quedará a cargo de las áreas competentes de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

**Canales de presentación** La Resolución **3697/2026** modificó las vías habilitadas para iniciar el trámite. Entre las opciones figuran las agencias y Unidades de Gestión Local (**UGL**) del **PAMI**, que reemplazaron a las oficinas de **ANSES** como atención presencial para este procedimiento. También se podrán usar las dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad, el Formulario de Consultas del Ministerio de Salud en su sitio web, la plataforma **Trámites a Distancia (TAD)** en el apartado “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez” y el correo electrónico **citacion@senadis.gob.ar**.

**Fundamentos oficiales** En los considerandos, el organismo sostuvo que el cambio de canales busca “facilitar la recepción presencial de la documentación a través de una red de atención con presencia territorial”. La disposición aclara, además, que la modificación de las vías de presentación no altera los requisitos exigidos ni los efectos de la Resolución **3695/2026**. Con ese esquema, la definición sobre cada beneficio dependerá de la documentación que presenten los alcanzados y de la revisión administrativa que realice el área competente.

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