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description: "Conocé en detalle a quiénes comprende la medida y los pasos a seguir si pertenecés a los grupos de riesgo."
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tags:
  - "Administración Pública"
  - "Coronavirus"
  - "Gobierno de San Juan"
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# Coronavirus: Empleados de la administración pública exentos de asistir podrán gestionar la ausencia vía online

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Este lunes, los ministros del Poder Ejecutivo e integrantes del Comité de Crisis se reunieron en el Centro Cívico para definir acciones conjuntas en el marco del protocolo que la Provincia ha activado para hacer frente a la propagación de coronavirus que mantiene en vilo al mundo. En el encuentro participaron los ministros de Salud, Alejandra Venerando; de Gobierno, Fabiola Aubone, de Educación, Felipe De Los Ríos; de Obras, Julio Ortiz Andino; de Turismo, Claudia Grynszpan; de Desarrollo Humano, Fabián Aballay; de Hacienda, Marisa López y de Producción, Andrés Díaz Cano.

Como consecuencia de la adhesión del Gobierno provincial a las directivas de la Nación a través del Decreto Acuerdo 0009, quienes trabajen en la administración pública y pertenezcan a un grupo de riesgo deben abstenerse de ir a trabajar hasta tanto el Ministerio de Salud Pública determine la finalización del periodo de aislamiento.

[Los trabajadores que se encuentren en la situación descripta deberán acreditar la inasistencia vía online.](https://sisanjuan.gob.ar/prensa/2020-03-17/21047-paso-a-paso-asi-deben-acreditar-la-inasistencia-los-empleados-de-la-administracion-publica-exentos-de-asistir)

¿Quiénes deben abstenerse de ir a trabajar?

**Quien haya cumplido 60 años o más de edad a la fecha o lo cumpliera durante la vigencia de la presente normativa**  
**Quien se encuentre embarazada.**  
**Quien padezca enfermedad autoinmune en tratamiento con inmunosupresores en los últimos tres meses.**  
**Quien padezca diabetes tipo 1 o tipo 2 insulino requirente.**  
**Quien padezca insuficiencia renal.**  
**Quien padezca insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías o cardiopatías congénitas.**  
**Quien sea trasplantado.**  
**Quien padezca patología oncohematológica con tratamiento en los últimos 12 meses.**  
**Quien padezca tumor de órgano sólido en tratamiento.**  
**Quien padezca Enfermedad de Pulmón Obstructiva Crónica (EPOC), o asma modera o severa.**  
**Quien esté afectado por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).**  
**Quien padezca hipertensión arterial con complicaciones cardiovasculares, infarto agudo del miocardio, insuficiencia coronaria, accidente cerebro vascular, insuficiencia renal.**

La autoridad de aplicación podrá modificar plazos y establecer las excepciones estime convenientes con la finalidad de mitigar el impacto de la pandemia. Queda exceptuado de la presente norma todo el personal de salud pública, seguridad pública y transporte público que teniendo más de 60 años no posea ninguno de los factores de riesgo arriba mencionados.

Cabe recordar que la solicitud de la licencia se realizará vía online a través del sitio oficial del Gobierno de la Provincia de San Juan. Cuando la autoridad de aplicación determine la finalización del periodo de aislamiento, el agente perfeccionará el derecho a cobro de la misma mediante la presentación del certificado médico correspondiente y la declaración jurada de la solicitud gestionada a través del portal de gobierno. La falta de presentación de dicha documentación ocasionará el descuento de la totalidad de los haberes abonados en el periodo de ausencia.

Fuente: SISJ

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