San Juan Vero Guzmán 08/06/2021

Ambiente labró infracciones por captura de aves, deforestación y tenencia ilegal de armas

En los procedimientos fueron rescatadas 10 aves y se incautaron tres armas de fuego.

La Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable trabaja ininterrumpidamente en la ejecución de operativos de control y fiscalización de flora y fauna en todo el territorio de San Juan.

Estos procedimientos se ejecutan a través de comisiones de agentes provinciales de conservación, quienes bajo las directivas de autoridades y equipos técnicos de la Dirección de Conservación hacen operativos en rutas, caminos, huellas y áreas protegidas.

Como resultado de estos procedimientos, en los últimos días fueron labradas seis actas de infracción. La primera de ellas se realizó en el departamento Angaco, a un grupo de personas que se trasladaban a caballo. Al realizar la requisa correspondiente se les secuestraron tres armas de fuego: un rifle calibre 22 tipo Winchester con 51 municiones; un rifle Winchester calibre 9 mm con 53 municiones y una carabina 762 con 27 municiones. Todos los elementos decomisados quedaron depositados en Comisaría de Angaco.

En la zona de Guanacache, en el departamento 25 de Mayo, el cuerpo de agentes de conservación recibió una denuncia sobre una extracción de leña realizada de forma ilegal. En el lugar señalado, se encontró una camioneta y un grupo de personas que habían extraído leña de un campo sin autorización. Se trataba de producto forestal picado de la especie algarrobo, alcanzando los 500 kg aproximadamente. En el lugar fue labrada el acta de infracción y decomisada la carga.

Una comisión de agentes, que recorría el departamento Pocito, realizó cuatro actas de infracción, todas por captura y transporte de aves. En total, fueron recuperadas 10 aves: 5 diucas, 2 jilgueros dorados, 1 cabecita negra, 1 misto, 1 varillero. También se decomisaron seis jaulas y cuatro tramperos.

La caza es delito y está prohibida por la Ley 606-L, considerando a la misma como un delito. La normativa vigente establece que será reprimido con prisión de dos meses a dos años, el que cazare animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación.

Esta infracción de flora y fauna en su artículo 41 prohíbe en el territorio provincial la caza de animales de la fauna silvestre, el hostigamiento, la destrucción de sus hábitats, refugios, nidos, huevos, etc. Así también, la apropiación, tenencia y transporte de los productos derivados de los mismos. Además, el artículo 101 establece que en todos los casos se procederá al decomiso de las especies, de sus despojos, productos o subproductos.

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