El consumo en dólares en la tarjeta se computará del cupo mensual de US$ 200
El Banco Central anunció más restricciones en el mercado cambiario. Para comprar divisas habrá que pagar un anticipo del 35% a cuenta de Ganancias o Bienes Personales.
Los ahorristas que quieran comprar dólares desde este miércoles deberán afrontar un nuevo tributo. Además del impuesto PAIS -que representa un 30% sobre la cotización oficial del billete-, pagarán un 35% de percepción a cuenta de Ganancias. A la cotización del martes, cada billete estadounidense que se quiera atesorar no bajará de $ 130, según el Central.
Además, los consumos en dólares con tarjetas de crédito se computarán dentro del cupo mensual de los US$ 200. Si una persona gasta US$ 100 con su tarjeta, le quedarán solo US$ 100 para poder acceder al dólar ahorro.
No habrá límites a los consumos en dólares. Pero todo lo consumido le restará al cupo de ahorro para los meses siguientes. Por ejemplo, si una persona pagó US$ 1.000 de consumos de su tarjeta de crédito en septiembre, estará imposibilitado de acceder al dólar "ahorro" por cinco meses (US$ 200 por cada mes).
Todos los servicios nominados en dólares (Netflix, Spotify, suscripciones que se paguen a través de los sistemas de Apple, Google, o videojuegos) ocupan lugar en el cupo de los US$ 200. Lo que se gaste a través de esas vías, se descontará de los US$ 200, según explicaron en el Banco Central.
Las empresas también deberán renegociar con sus acreedores por deudas en dólares. Las medidas apuntan a aquellas compañías que tienen vencimientos mensuales superiores a US$ 1 millón.
Los consumos realizados en dólares hasta el 15 de septiembre no pagarán el anticipo de Impuesto a las Ganancias, si los pagos ya están reflejados como efectuados en moneda estadounidense por las tarjetas de crédito. Los que se hagan desde el 16 de septiembre ya abonarán la percepción.
Eso sí, cualquier consumo en dólares de septiembre restará sobre el cupo para el acceso al dólar ahorro de octubre, según especificaron en el Banco Central.
La retención de percepciones anticipadas por la compra de dólares o consumos en moneda extranjera se hará por cada operación. Cuando termine el año fiscal -a mediados de 2021-, las personas podrán solicitar la devolución de ese importe.
En el caso de quienes pagan Ganancias y Bienes Personales, el excedente de lo que tienen que pagar les será reintegrado.
En el caso de monotributistas o personas que no pagan Ganancias ni Bienes Personales, deben hacer el trámite en la AFIP. El organismo recaudador les devolverá en la cuenta bancaria que tengan informada.
El anticipo a cuenta de Ganancias se utilizó en el cepo que rigió entre 2011 y 2015. Los asalariados que pagaban ganancias, lo recuperaban rápidamente presentando los formularios correspondientes a sus empleadores. Los autónomos, lo deducían de la liquidación anual del impuesto. Los monotributistas, tenían que pedir la devolución a la AFIP. Ahora no habrá devolución inmediata. Es decir que la inflación corroerá el monto acumulado como anticipo.
El procedimiento no será mensual -como en el cepo anterior del kirchnerismo- sino anual, especificaron en la AFIP.
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