Un canal de TV fue condenada a pagar $ 300 millones por difundir imágenes de su cuerpo
El juez consideró que, si bien la libertad de prensa es un pilar fundamental en un estado de derecho, en este caso se incurrió en un "claro exceso". América TV va a apelar.
A casi dos décadas del asesinato de Nora Dalmasso, ocurrido en noviembre de 2006 en Córdoba, la Justicia bonaerense emitió una sentencia inédita: el Juzgado Civil 97 de la provincia condenó a Canal América y a los periodistas Facundo Pastor, Guillermo Andino, Mónica Gutiérrez y Cynthia García por el tratamiento informativo de su muerte.
La decisión impone una indemnización de 300 millones de pesos a favor de los hijos de la víctima, Facundo y Valentina Macarrón, como reparación por daños y perjuicios.
El fallo se basa especialmente en la exhibición del cadáver de Dalmasso desnudo durante un informe de América Noticias en 2007, una imagen que, según el tribunal, no solo violó el secreto de sumario, sino que traspasó cualquier límite ético y humano.
El juez destacó que "no era necesario exhibir el cuerpo desnudo de una mujer abusada y asesinada para informar sobre una causa judicial", y subrayó el impacto psicológico en sus hijos, entonces adolescentes, que fueron expuestos públicamente a escenas irreparables.
Además de la difusión de las imágenes, el tribunal constató que los periodistas involucrados fabricaron contenidos. Se determinó que se atribuyeron falsamente una conversación telefónica entre Facundo Macarrón y su padre, con el objetivo de incriminarlo, y que se utilizó una carta privada de Valentina para insinuar una relación conflictiva entre madre e hijo, sin fundamento real.
Estas acciones, según el magistrado, obstaculizaron las investigaciones iniciales y distorsionaron la percepción pública del caso.
El abogado de la familia, Gustavo Liebau, afirmó que el fallo "reconoce que se desbordaron claramente todos los límites" de la libertad de expresión.
"La libertad de prensa está fuera de discusión —dijo—, pero en este caso hubo excesos que bajo ningún punto de vista se pueden tolerar". Criticó además que, durante años, los periodistas mantuvieron versiones falsas en el expediente judicial y nunca ofrecieron disculpas.
La sentencia marca un precedente en materia de responsabilidad mediática, al establecer que la búsqueda de audiencia no puede justificar la vulneración de derechos fundamentales, especialmente en contextos de duelo, violencia y vulnerabilidad extrema.
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