Nuevas reglas para transporte: los choferes de las apps tendrán que tener carné profesional, seguro especial y autos radicados en San Juan con patente al día y RTO
Con la nueva Ley de Transporte, la gestión orreguista avanzó en la regulación de los viajes a través de aplicaciones como Uber y Didi. 0264 Noticias había adelantado que iba a ser una obligación que los choferes de las apps se anotaran en un registro provincial y, con la reglamentación de la norma, quedaron confirmados el resto de los requisitos. Entre ellos, se encuentra el carné profesional, el seguro por transporte de pasajeros y no solo el de riesgo contra terceros. No es lo único, ya que el vehículo que utilicen debe estar radicado en San Juan, tener al día el pago del Impuesto Automotor (patente), la Revisión Técnica Obligatoria y una antigüedad no mayor a 10 años.
Son algunos de los detalles del decreto reglamentario 05 del Ministerio de Gobierno, que fue publicado el jueves en el Boletín Oficial, pero que trascendió el viernes. Así, ese día, este medio había contado otras de las exigencias para los conductores, como que las movilidades deben poseer sistemas de geolocalización y tienen que exhibir el Certificado de Registración digital con código QR. El hecho de no contar con GPS es causal de inhabilitación, mientras que el escaneo del código les permitirá tanto a un inspector como a un cliente verificar la autorización del chofer y la habilitación del vehículo.
En diálogo con el programa Demasiada información, de 0264 Radio (107.3 en FM y por el canal de YouTube de 0264 Noticias), la ministra de Gobierno, Laura Palma, destacó que “es una ley que aporta mucha modernidad. Creo que va a ser digna de imitar por otras provincias porque, realmente, existe una situación de un limbo o un gris, sobre todo, en lo que son los vehículos que hoy usan las aplicaciones. En la mayoría de las provincias no está registrado y genera conflicto siempre. Creo que esta ley viene a poner en igualdad de condiciones a las personas que prestan el servicio de transporte sin quitarle la posibilidad a la gente de elegir lo que, hoy por hoy, está eligiendo, que son nuevas formas de viajar”.
La nueva norma echó por tierra el alquiler de licencias de taxis y remises, lo que produjo que un grupo reducido y concentrado de prestadores tuvieran en su poder diferentes cupos de licencias y que brindaran el servicio de transporte a través de vehículos de terceros, tal cual permitía la anterior ley 814 A.
Palma resaltó la eliminación del sistema de licencias, dado que una persona tenía “la obligación de estar adherido a una agencia, que eso implicaba un costo extra”, más “el pago de frecuencia, el alquiler de las licencias y de los vehículos, se generaba un costo diario elevado a quien realmente trabajaba en el sistema de transporte”.
Por eso, resaltó que “toda aquella persona que quiera prestar un servicio de transporte público de pasajeros, ya sea con la modalidad de taxi o remis o un vehículo no identificado, independientemente de si usa una aplicación o no, o el transporte escolar, por ejemplo, todos tienen la obligación de registrarse”.
Eso se hará en el Registro Provincial de Transporte (Reprotran). La ministra señaló que, “la idea es que tratemos de tener disponible la plataforma para fin de mes. Si bien venimos trabajando hace muchos meses, esta plataforma toma muchos datos de otros sistemas, por ejemplo, el del Registro de Propiedad del Automotor y también de Nación en cuanto al tema de licencias (de conducir)”. Entonces, cuando el usuario se quiere inscribir como conductor e ingrese su documento, nosotros vamos a tener la devolución, por ejemplo, si cuenta con licencia, si es profesional y para qué categorías. Lo mismo con respecto al vehículo para acreditar la titularidad de dominio”.
De esa forma, explicó que, “al necesitar información de organismos externos al Gobierno de San Juan, ha generado algunas demoras en materia de autorización, pero estamos muy avanzados. En los próximos días, ya vamos a poder comunicar cuál va a ser la forma de registración. La idea es que va a ser un trámite totalmente digital, muy simple. Va a facilitar la obtención, en el acto, del certificado para poder trabajar”.
Además, indicó que “aquellos que ya prestan el servicio de transporte y se encontraban inscriptos y habilitados en la Secretaría de Tránsito y Transporte, van a migrar de manera automática al nuevo sistema. O sea, cuando ellos ingresen, se van a encontrar con una precarga en la que solamente van a tener que confirmar y ya van a estar totalmente habilitados”.
De esa forma, no solamente los choferes de las aplicaciones deberán anotarse en el Reprotran, sino, también, los taxistas y remiseros. La no registración es considerada un incumplimiento gravísimo, al punto que la multa arranca en 14.800.000 pesos. De hecho, las sanciones se han elevado considerablemente con respecto a la anterior normativa.
Reducción del 3% al 2% de la tasa que pagan las empresas de colectivos
La reglamentación también contiene detalles del llamado Servicio Regular, que llevan a cabo las empresas de transporte público de pasajeros, es decir, los colectivos. Así, figura la Tasa Regulatoria que deben abonar mensualmente las firmas concesionarias, la cual equivale al 2 por ciento “de la producción bruta de la recaudación tarifaria”. Ahí hay una baja, ya que la anterior normativa establecía un 3 por ciento.
Además, se contempla la reducción parcial del servicio, a pedido de la empresa, la que “debe acreditar una disminución igual o superior al 30 por ciento respecto del promedio de demanda registrado en periodos equivalentes del año anterior”.
A la compañía de transporte también le recae la obligación de exhibir el código QR en las unidades, la prohibición de cobrar tarifas no autorizadas y debe contar con vehículos cuya antigüedad máxima sea de 10 años.
A su vez, la ley ya había establecido que las empresas pudiesen adquirir el 50 por ciento de su flota a través del sistema leasing, el alquiler de movilidades por un determinado plazo con la opción de compra. Con la anterior norma, todos los vehículos tienen que estar a nombre del titular.
Por otro lado, la nueva normativa achicó al 25 por ciento la adjudicación del “parque móvil total habilitado”. Anteriormente, la cifra era del 30 por ciento. El proyecto original del oficialismo apuntaba a un número más bajo (15 por ciento), pero, al final, quedó en 25 luego de su debate en comisión en la Cámara de Diputados y la opinión de la Asociación Transporte Automotor de Pasajeros (ATAP).