Covid-19 en Valle Fértil: Municipio adhiere a medidas provinciales

Ante la escalada de casos de coronavirus, tanto en el país, en la provincia y que el departamento no está exento de esto, desde la comuna vallista emitieron un comunicado dando cuenta de la adhesión a las medidas adoptadas por el gobierno provincial.

Valle Fértil 23/05/2022 INFOVALLEFERTIL INNOVA CJR INFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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La Municipalidad de Valle Fértil, informa que: Teniendo en cuenta la Resolución N° 2024-MSP-22, y en virtud de resguardar a toda la comunidad del Departamento Valle Fértil, el Intendente Departamental, Sr. Omar W. Ortiz, decreta: Adherir en todas sus partes a la resolución antes citada establecida por el Gobierno de San Juan, donde sugiere los lineamientos y estrategias ante el aumento de casos de COVID-19 y otras infecciones respiratorias.

Dicha resolución cuenta con el visto bueno de la Ministra de Salud de la Provincia de San Juan y la intervención de Asesoría Letrada de dicho ministerio. Por todo lo mencionado, dicha norma legal resuelve:

ARTÍCULO 1° - a) Uso adecuado de barbijos en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público, especialmente en momentos de alta circulación de virus respiratorios.
b) Asegurar adecuada ventilación de ambientes.
c) Lavado de manos frecuentes.
d) No acudir a actividades laborales, educativas, o lugares públicos ante la presencia de síntomas.

ARTÍCULO 2° - a) Todas personas con síntomas de infección respiratoria aguda y casos confirmados de COVID-19 leves o asintomáticos, deberán extremar las medidas de prevención durante 10 (Diez) días desde el inicio de los síntomas.
b) Evitar el contacto con personas vulnerables.
c) Prohibición de acudir a actividades laborales, educativas o lugares públicos durante el periodo sintomático agudo o durante 5 (Cinco) días de la fecha del diagnóstico para los casos confirmados de COVID-19.
d) En aquellos casos confirmados de pacientes internados, se continuará con el aislamiento respiratorio de acuerdo a las normativas vigentes.
e) En casos confirmados que integren poblaciones especiales (instituciones carcelarias, instituciones de salud, centros con personas institucionalizadas, personas que trabajen o presten cuidados a personas vulnerables) se procederá de la siguiente manera: 1) TRABAJADORES: No deberán acudir al ámbito laboral durante 5 días desde la fecha de síntomas o diagnóstico en los casos, pudiendo regresar con mejoría clínica de por lo menos 24 horas y extremar cuidado durante 10 días (uso adecuado y permanente de barbijo, ventilación adecuada de ambientes, lavado de manos e higiene respiratoria). 2) RESIDENTES: Se implementaran medidas de aislamiento según agente etiológico y en caso de ser positivo para COVID-19, se indicará realizar seguimiento clínico estricto y seguimientos de contactos estrechos según protocolo.

ARTÍCULO 3° Se establece para los contactos estrechos en población general, no indicar cuarentena, debiendo extremar las medidas de prevención durante 10 días y evitar contactos con personas vulnerables.

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