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El secretario de Tránsito y Transporte Provincial, Marcelo Molina, anunció en conferencia de prensa qué cambios se aplicarán en San Juan, en particular en dos áreas sensibles como son la RTO y la licencia de conducir.
San Juan21/03/2025
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Esta semana, el Gobierno Nacional oficializó el decreto 196/2025 que es una profunda reforma de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que requiere que tanto provincias como municipios deban decidir adherirse para que tenga validez en las respectivas jurisdicciones. Ahora, el secretario de Tránsito y Transporte Provincial, Marcelo Molina, anunció en conferencia de prensa que en San Juan se aplicarán todos los cambios propuestos por Nación, en particular en dos áreas sensibles como son la RTO y la licencia de conducir.
La reforma nacional tiene varios puntos, que abarcan desde una simplificación de trámites que permitan circular en el territorio argentino a los autos importados, hasta el formato y validez de las licencias de conducir particulares. En el medio, uno de los temas de mayor interés de los propietarios de automóviles y motocicletas, la esperada apertura de las revisiones técnicas obligatorias para autos particulares y especialmente para el transporte pesado de cargas y pasajeros.
En el caso de San Juan, el funcionario de Marcelo Orrego puntualizó que "en principio hay 60 días que la Provincia debe definir si va a adherir o no. La situación es la siguiente: la Provincia está adherida a la Ley Nacional de Tránsito 24.449 por una ley provincial que es la 528. O sea, nosotros la decisión ya la tenemos y lo que se ha modificado es el decreto reglamentario, no es la ley, sino es el decreto. Por lo tanto, las decisiones tomadas por la Nación tienen vigencia desde el momento de la publicación de ese decreto para la Nación y para la Provincia también".
Aclaró que "nosotros tenemos que acatar, nosotros tenemos que responder a lo que la ley nos está pidiendo. Entonces le tenemos que decir al sanjuanino cómo se va a tener que ir adaptando a estos cambios planteados por Nación".
Para San Juan, Molina dio estos detalles sobre los cambios clave:
Carnet de Conducir
• Emisión de la primera licencia: La licencia de conducir seguirá siendo realizada por el Centro Emisor de Licencia. El trámite para obtener la primera licencia deberá realizarse de manera presencial en el Centro Emisor de Licencia (EMICAR), cumpliendo con los exámenes teóricos, el control psicofísico y la prueba práctica.
• Renovación de la licencia: A partir de ahora, el trámite de renovación se podrá realizar de manera online, a través de la app Mi Argentina. Los controles psicofísicos, que deben renovarse pertinentemente, podrán realizarse en cualquier empresa prestadora habilitada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La actualización de datos psicofísicos deberá realizarse cada 5 años desde la primera licencia. A partir de los 65 años, deberá hacerse cada 3 años y desde los 70 años, anualmente.
• Validez de formatos: Tanto el carnet de conducir en formato físico (plástico) como el digital serán válidos y legales. El conductor podrá seguir solicitando la obtención del primero (plástico) si es que lo cree cómodo y conveniente. Este carnet es necesario para su uso fuera del país.
• Alcance nacional: Este trámite de renovación online podrá realizarse desde cualquier punto del país, realizando el control psicofísico en cualquier entidad autorizada.
Revisión Técnica Obligatoria (RTO)
• Vencimiento para autos 0km: Los automóviles 0km tendrán un plazo de 5 años antes de realizar la primera RTO.
• Centros habilitados para realización y renovación de RTO: Los controles pertinentes de la RTO podrán realizarse en cualquier taller o concesionario que cumpla con las características impuestas por la Secretaría de Transporte de la Nación, entidad encargada de emitir la autorización correspondiente.

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