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Esta medida tomada por la magistrada es para poder evitar el jury de enjuiciamiento que se confirmó tras la reunión de este martes-
El Presidente, junto a Francos y Bullrich, firmó un decreto para anular la medida que salió del Congreso; creaba un fondo especial de $200.000.000.000 para reconstruir la ciudad y preveía subsidios para los afectados
Argentina24/06/2025El presidente Javier Milei decidió este martes vetar de forma total la ley de emergencia para Bahía Blanca, que había sancionado el Congreso. Lo hizo a través del Decreto 424/2025, que firmó junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. La norma habilitaba fondos especiales dirigidos a la reconstrucción de esa ciudad bonaerense después de las inundaciones que ocurrieron en marzo de este año y subsidios para los afectados.
El proyecto de ley, que fue aprobado por Diputados y el Senado, incluía un fondo especial de $200.000.000.000, que debía constituirse en un plazo no mayor a 30 días, y que además dirigía partidas a la localidad de Coronel Rosales, impactada asimismo por las lluvias extraordinarias.
Esta iniciativa daba subsidios económicos para quienes perdieron su fuente de ingreso, preveía obras de infraestructura y, además, líneas de financiamiento a tasas preferenciales y con plazo de gracia para asistir a los damnificados por el fenómeno de tormentas de gran intensidad y precipitaciones de 290 milímetros en pocas horas.
Por su parte, el Gobierno expuso, en primer término, que resultaba de “imposible cumplimiento” atender a Coronel Rosales porque esa localidad no quedó dentro de los informes técnicos que realizaron organismos como el Servicio Meteorológico Nacional (SMN).
Además, planteó que el Estado nacional ya intervino para morigerar y mitigar los daños en Bahía Blanca.
“El proyecto de ley sancionado no indica cuál ha de ser la fuente de financiamiento para hacer frente a las erogaciones que por medio de él se disponen, requisito necesario de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, que dispone que las leyes que autoricen gastos no previstos en el presupuesto general deben especificar las fuentes de los recursos que las financiarán“, plantearon desde la gestión de Milei, que utilizó este motivo como justificativo para los vetos anteriores que realizó en los incrementos jubilatorios y la ley de financiamiento universitario.
“Por medio del artículo 5° de la Ley Nº 24.629 se establece que toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos y que, en caso contrario, quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional", remarcaron.
Plantearon asimismo que ya el Ejecutivo implementó un financiamiento para Bahía Blanca a través de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y que el Banco de la Nación ya tiene facultades para otorgar asistencia a las micro, pequeñas y medianas empresas.
En tanto, desde el Gobierno dijeron que sancionaron en su momento el Decreto N° 238/25 para la reconstrucción, “que torna innecesario un auxilio financiero como el que propone el proyecto de ley sancionado, en un marco de estrechez presupuestaria como el de la emergencia que se está transitando”. Así también, que el Ministerio de Seguridad -encargado de aplicar esa medida- ya está en la “etapa final” de ejecución de ese fondo especial que dispuso la Casa Rosada.
“Motivo por el cual se considera oportuna y necesaria la observación total del proyecto de ley sancionado, en tanto está dirigido a destinar al auxilio de los mismos beneficiarios del programa de asistencia instaurado por dicho decreto una cantidad de recursos del Tesoro equivalente al monto ya asignado y mayoritariamente ejecutado por decisión del propio Poder Ejecutivo nacional en el marco del referido decreto", señalaron.
Indicaron además la facultad que la Constitución le da al Presidente en el artículo 83 para vetar proyectos de ley y consideraron que esta fue “una práctica común” en los últimos 40 años.
“La razonabilidad es un requisito esencial de legitimidad que deben observar todos los actos de los poderes públicos, entre cuyas manifestaciones se exige la fundamentación suficiente de la decisión que se adopte para justificar su dictado y los medios para alcanzarla. Sin dejar de atender a los límites jurídicos impuestos por nuestra Constitución nacional, la totalidad de lo desarrollado previamente [el proyecto] pone de relieve la necesidad de que este Poder Ejecutivo haga uso de todos los medios constitucionales habilitados para evitar la entrada en vigencia de un proyecto de ley cuya finalidad de auxilio financiero ya ha sido atendida a través del dictado del Decreto N° 238/25 y que no cuenta con previsión presupuestaria ni con una indicación de los recursos que deberían utilizarse para su financiamiento, tal como lo requiere la normativa vigente, y afecta de manera tangible los objetivos de política económica fijados por el Gobierno", resumieron.
Ahora, el tema volvió a girarse al Congreso, que podría insistir con la norma si consigue una mayoría calificada, de dos tercios de los votos.
LA NACION
Esta medida tomada por la magistrada es para poder evitar el jury de enjuiciamiento que se confirmó tras la reunión de este martes-
Es la segunda modificación del año. La medida se oficializó este martes en el Boletín Oficial.
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