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La iniciativa enviada al Congreso por el Presidente extiende la cantidad de mensualidades que cobran los beneficiarios de la AUE y agrega nuevas asistencias para los beneficiarios de la AUH
Argentina18/11/2020INFOVALLEFERTIL INNOVA CJREl presidente Alberto Fernández anunció este martes que enviará al Congreso dos proyectos de ley para el cuidado integral de la salud de las mujeres. Uno es legalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), mientras que el otro hace referencia al "Plan de los Mil Días", que apunta a "fortalecer la atención integral de la salud de la mujer durante el embarazo y de sus hijos e hijas en los primeros años de vida".
Este programa tiene como objetivo bajar la mortalidad, malnutrición y desnutrición, además de prevenir la violencia protegiendo los vínculos tempranos, el desarrollo emocional y físico y la salud de manera integral de las personas gestantes y de sus hijos e hijas hasta los 3 años de vida.
Para esto, el Gobierno prevé la creación de nuevas asistencias y la extensión de otras, para poder asistir a las personas durante los primeros mil días de maternidad. En este sentido, otorgará una nueva asignación y dará apoyo económico para insumos esenciales durante el emabrazo y la primera infancia.
De esta manera, el Gobierno continúa con los anuncios de asistencia a los más vulnerables luego de confirmar que no habrá una cuarta entrega del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE 4) por lo que queda de 2020, luego de la baja en los números de la pandemia del coronavirus (Covid-19)y la apertura de actividades.
Extensión de la AUE
Hasta la fecha se percibían seis mensualidades, pero con este proyecto ese período se extiende a nueve mensualidades para poder abarcar la totalidad del embarazo.
"Se abonará a la persona embarazada desde la acreditación de su embarazo, que podrá realizarse a partir de la decimosegunda semana de gestación, y se percibirá hasta completar la cantidad de meses que hubiese durado su embarazo", apunta el proyecto.
Todos los beneficiarios de la AUE podrán acceder a esta extensión. De esta manera, cobrarán un monto de $3.540 mensuales por la extensión de nueve meses.
Asignación por Cuidado de Salud Integral para AUH
Esta asignación consiste en el pago de un monto equivalente a una Asignación Universal por Hijo ( AUH), unos $3.540 por menor en la actualidad, que se abonará una vez por año para ayudar al cuidado de cada uno de los niños de menos de tres años.
Esa asignación es solo para quienes ya cumplen los requisitos para cobrar la Asignación Universal por Hijo. Para cobrar esa asignación también deberá acreditarse el cumplimiento del plan de vacunación y control sanitario.
De esta manera, por un embarazo una persona podrá cobrar un total de $31.860, que se dividiría en los pagos mensuales y el pago a fin de año con la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y DDJJ del Adulto Responsable.
Pago por Nacimiento y por Adopción para AUH
La Asignación Familiar por Nacimiento y Adopción, que consiste en un cobro único para trabajadores en relación de dependencia por el nacimiento o adopción de un hijo y es percibida por solo uno de los padres se extenderá para las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo ( AUH), que hasta ahora estaban excluidas de este beneficio.
Este pago consiste en $4.128 en el caso de Nacimiento y en $24.694 en el caso de Adopción. Para percibirla se debe presentar la siguiente documentación:
DNI de los padres.
DNI del hijo.
Partida de nacimiento del hijo.
Sentencia de adopción.
Cuánto podría cobrar AUH con el nuevo Plan Mil Días
Valor general de la AUH: $3.540
Valor de Asignación Universal por Cuidado Integral (único pago): $3.540
Valor de Asignación de Pago Único por Nacimiento: $4.128
Valor de Asignación de Pago Único por Adopción: $24.694
En caso de que una persona tenga un hijo o hija y comience a cobrar la AUH, percibiría $3.540 mensuales y un pago único de $7.668, correspondiente al Cuidado Integral y al Nacimiento.
En el caso de que una persona adopte un hijo o hija, el valor mensual sería también de $3.540, pero percibiría un pago único de $28.234, correspondiente al Cuidado Integral y al pago por Adopción.
A quiénes les corresponde la AUH
Al padre o madre que viva con los menores que esté en alguna de las siguientes situaciones:
Desocupado.
Trabajador no registrado (sin aportes).
Trabajador del servicio doméstico.
Monotributista social.
Inscripta en Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros programas de Trabajo.
El padre o madre a cargo puede cobrar directamente sin contar con el consentimiento del otro padre o madre, presentando el Formulario de cobro de Asignaciones Familiares.
AUH: Requisitos
De los padres y del hijo:
Ser argentinos, residir en el país y tener DNI. Si son extranjeros o naturalizados, tener 2 años de residencia y DNI.
Del hijo
Ser menor de 18 años. No hay límite de edad en caso de hijo con discapacidad.
Ser soltero.
AUH: qué documentación se debe presentar
DNI
Certificado o partida de nacimiento del menor
Certificado de matrimonio, unión civil o convivencia
Si el padre o madre que está a cargo del niño no es quien está cobrando la Asignación Universal puede realizar el reclamo.
Qué otros beneficios tiene el Plan Mil Días
Provisión pública y gratuita de insumos esenciales durante el embarazo y también para la primera infancia: se realizará mediante la coordinación y ampliación de los programas existentes.
“En especial, se atenderá a la provisión de medicamentos esenciales; vacunas; leche; alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez, en el marco de los programas disponibles al efecto”, dice el proyecto.
Este ítem incluye el abordaje especial para la detección oportuna de riesgos durante el embarazo, como por ejemplo, el caso de presunción de trombofilia. Para estos casos se prevé el acceso gratuito a estudios diagnósticos y un modelo de atención específica.
Creación del Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales: con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las niñas y niños recién nacidos. “El DNI es una herramienta central para el ejercicio efectivo de derechos”, sostuvo Fernández.
En este punto, el proyecto advierte que, “en caso de nacimientos ocurridos fuera de establecimientos médicos asistenciales de gestión pública o privada, el personal de salud, obstétrico o agente sanitario habilitado al efecto que hubiere atendido el parto deberá informar el hecho del nacimiento al Registro Nacional de las Personas dentro de los siete días corridos de ocurrido y del modo que dicha autoridad reglamente”.
Proposición de políticas prioritarias de género para prevenir y detectar de manera temprana situaciones de violencia de género y violencia sexual o abusos en personas embarazadas, niños, niñas y adolescentes
“En aquellos casos en los cuales, en el marco de la atención sanitaria, se observen indicios o sospechas de posibles situaciones de violencia por motivos de género, los equipos profesionales y personal interviniente tienen el deber de informar a las niñas, adolescentes, mujeres y otras personas gestantes sobre los derechos establecidos en la Ley N° 26.485 y sobre los recursos de atención y denuncia existentes”, apunta la ley.
En su artículo N° 25 el Proyecto hace referencia a las niñas y adolescentes menores de quince años embarazadas y sostiene que “se les garantizará una atención oportuna para la detección de un posible abuso sexual con todos los resguardos necesarios para preservar su privacidad y la confidencialidad y respetar la autonomía progresiva según lo establece el Código Civil y Comercial de la Nación, evitando su revictimización”.
BAE Negocios
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