Estas son las nuevas medidas contra el COVID-19 para la actividad de cultos y patios de juegos

El Gobierno provincial apela a la responsabilidad individual y social de los sanjuaninos para evitar la propagación del coronavirus.

En el marco de las medidas del Gobierno provincial que comenzaron a regir el pasado 10 de julio para prevenir el aumento de contagios de coronavirus, el Ejectuvo provincial, a través del Decreto Nº0029/2021, dispuso la entrada en vigencia a partir del 16 de julio de modificatorias destinadas al desarrollo de actividades de culto, así como de patios de juegos.

En primer término, con respecto a las celebraciones de culto comunitarias, se autoriza la realización de casamientos y bautismos. En ambos casos solo se permite la asistencia de hasta 40% de capacidad o hasta 90 personas como máximo (el que sea menor), respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 21, de lunes a sábado y de 8 a 20 los domingos, con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.

Por otra parte, los patios de juegos que habilitados de lunes a sábado, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22, con un factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente.

No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones que impidan el distanciamiento físico y medidas de saneamiento.

El Gobierno de San Juan insta a la ciudadanía en general a cumplir y hacer observar las medidas y los protocolos, como también apela a la responsabilidad individual para evitar la suba de contagios y el colapso del sistema de salud.

A continuación, el texto completo del decreto provincial
DECRETO ACUERDO Nº 0029

SAN JUAN, 15 de julio de 2.021

VISTO:

Las recomendaciones realizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de la Nación, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional Nº 2021-455-APN-PTE, la Ley Provincial 2267-P-, el Decreto Acuerdo Nº 28-2021, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, declaró el brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia.

Que la Nación Argentina y la Provincia de San Juan se encuentran en alerta máxima para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada.

Que, con el fin de disminuir el impacto de la segunda ola en nuestro país, se deben adoptar concomitantemente las medidas sanitarias y de prevención destinadas a mitigar la transmisión, así como el proceso de vacunación de la población.

Que, asimismo, resulta fundamental el control por parte de las jurisdicciones del cumplimiento de las medidas establecidas a nivel nacional y de aquellas implementadas específicamente en cada jurisdicción.

Que la Provincia ha adherido al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 455/2021, mediante la Ley Provincial 2267-P.

Que el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 455/2021, prorroga el Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21, 381/21 y 411/21, hasta el día 6 de agosto de 2021, inclusive.

Que corresponde establecer el funcionamiento de las actividades administradas y excepciones para circular a partir del día 16 de julio de 2.021.

Que ha intervenido Asesoría Letrada de la Provincia.

POR ELLO; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 1º del Decreto Acuerdo N° 28-2021, por el siguiente:

ARTÍCULO 1º.- A partir de las 00 horas del día 16 de julio de 2.021, independientemente de otras normas y protocolos vigentes se dispone específicamente que:

Se restringe la circulación en todo el territorio de la Provincia: de lunes a sábado en horario de 00:00 a 06:00 horas, y los días domingo a partir de las 21:00 hs., salvo personas exceptuadas.
El transporte público continúa habilitado solo para pasajeros sentados, y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.
La Administración Pública funciona en horario de 8 a 19 hs. El personal incluido debe ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para realizar la limpieza adecuada.
Los Servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID-19, deben realizarse de: lunes a domingo de 8 a 20 hs., con un máximo 5 personas pertenecientes al círculo íntimo y con una duración máxima de hasta 5 hs.
Autorízase la obra pública y la privada que se encuentre debidamente registrada, de lunes a sábado, en horario de 8 a 19 hs.
Se suspenden todo tipo de celebraciones de culto comunitarias, a excepción de la celebración más importante de cada culto, casamientos y bautismos. Solo se permite la asistencia: hasta 40% de capacidad o hasta 90 personas como máximo, (el que sea menor) respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 21 hs. de lunes a sábado, y de 8 a 20 hs. los domingos, con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.
Supermercados, comercios minoristas de cercanía, quioscos, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionan en horario de atención de 9 a 22 hs., de lunes a sábado, y en horario de 9 a 20 hs. los días domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad, y 1 persona por grupo familiar.
Shoppings y galerías comerciales: habilitados de lunes a sábado, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 hs., con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad.
Patios de juegos: habilitados de lunes a sábado, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 hs., con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones donde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.

Resto de comercios: habilitados de lunes a sábado, horario de atención de 9 a 20 hs. de manera continua o discontinua, 40% factor ocupación, 1 persona por grupo familiar.
Mercado Concentrador de Rawson y Capital: 1 persona por grupo familiar. Habilitado de lunes a sábado, en horario de 9 a 20 hs.
Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a sábado, horario de atención de 9 a 20 hs. de manera continua o discontinua, 40% factor ocupación, 5 metros de distancia entre los puestos.
Restoranes, Cafés y Bares: 40% factor ocupación, hasta 4 personas por mesa, 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados, incluidos entrega en mostrador y servicio de entrega a domicilio: de lunes a sábado, en horario de 7 a 23 hs. para ingreso de personas, 00 hs. cierre total; Días domingo: en horario de 7 a 20 hs. para ingreso de personas, 21 hs. cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile.
Cines, teatros y comercios similares, habilitados de lunes a sábado, con horario de 9 a 23 hs., 00 hs. cierre total, días domingo: en horario de 7 a 20 hs. para ingreso de personas, 21 hs. cierre total, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad.
Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 40% de capacidad o hasta 90 personas como máximo, (el que sea menor), y respetando todos los protocolos vigentes. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile.
Las reuniones sociales se encuentran suspendidas.
Se encuentran habilitadas las reuniones familiares de hasta 8 personas en domicilios particulares.
Industria: habilitada en horario de 8 a 19 hs., salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.
Habilitación de prácticas deportivas de deportistas del Programa de Alto Rendimiento.
Se habilita en clubes sociales, federados y amateurs, de lunes a sábados en horario de 7 a 22 hs., solamente para entrenamientos de deportes hasta un máximo de 10 personas, salvo que se trate de futbol, rugby o hockey sobre césped, los cuales pueden incluir hasta 22 personas. Los entrenamientos pueden durar hasta una hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.
Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a sábado en horario de 7 a 22 hs., los días domingo en horario de 9 a 20 hs., en espacios públicos y circuitos establecidos, en grupos de no más de 2 personas
Habilitación de prácticas deportivas de deportistas profesionales autorizados por Resolución del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.
Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a sábado, en horario de 7 a 22 hs., al 40% del factor ocupacional, con estricto protocolo y sin público. En ninguna actividad comercial deportiva se podrán realizar competencias.
Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, dejando la potestad a cada Intendente Departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de COVID 19 aplicables a la actividad turística.
Facúltase a los distintos Ministerios y Secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.
ARTÍCULO 2º.- Se invita a los Organismos de la Constitución, Poder Legislativo y Judicial y a los Municipios a adherir al presente Decreto Acuerdo.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación.-

Te puede interesar

Los padres de menores que realicen amenazas de bomba serán demandados

La Fiscalía de Estado de San Juan anunció acciones civiles y penales, además de programas de justicia restaurativa para los menores involucrados.

El Gobierno Provincial pidió una prórroga para presentar el presupuesto 2026

El presupuesto provincial es una herramienta vital para la administración de los recursos provinciales que permite anticipar cuáles serán los ingresos y gastos durante un año.

Destrozó la casa de su novia, llamaron a la Policía y le encontraron cocaína entre la ropa

El sospechoso tiene 23 años y sospechan que se dedica al narcomenudeo por la cantidad de sustancia que el encontraron en el operativo.

Inauguraron la repavimentación de la avenida Paula Albarracín de Sarmiento

El tramo que conecta Libertador con Ignacio de la Roza ya luce renovado y forma parte de un plan integral de modernización vial en la Capital.

Una cirugía inédita en el Hospital Rawson permitió tratar un raro tumor de base de cráneo

Se trata de una cirugía de alta complejidad para tratar un Glomus yugular, un tumor poco frecuente de base de cráneo que afectaba al oído medio e interno, inédita por la tipología y ubicación, resuelta de manera interdisciplinaria y con excelente resultado: con el paciente dado de alta.

Orrego celebró el Día de la Industria Sanjuanina y destacó el crecimiento del sector

En el marco de un acto con motivo del Día de la Industria, el gobernador Marcelo Orrego resaltó que el sector representa el 16.4% de la actividad económica y es el principal generador de empleo formal en San Juan. El mandatario aseguró que, a pesar del "delicado" momento que vive el país, su gobierno trabaja en soluciones concretas para fortalecer los sectores estratégicos.

Lo detienen por conducir ebrio y descubren que tenía pedido de captura en otra provincia por venta de drogas

El procedimiento en el Control Forestal derivó en la aprehensión de un sujeto de apellido Nievas, quien además de la infracción, quedó a disposición de la Justicia Federal.

Conocé los artistas que van a subir al escenario del FestiJoven 2025

Sin lugar a dudas la grilla de artistas es el plato fuerte de los festejos oficiales por el Día de la Juventud y de los Estudiantes.