Diputados aprobó el nuevo Código Procesal Civil
Por unanimidad, la Cámara otorgó acuerdo a la readecuación de la norma.
Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó la readecuación de la norma de procedimiento al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y a la modernización y adaptación del Poder Judicial a las nuevas modalidades de gestión y organización. Esta iniciativa impulsada por la Corte de Justicia implicó un minucioso trabajo por parte de la Legislatura a fin de contribuir a la construcción de una justicia moderna y cercana a la comunidad, que resuelva los conflictos de forma rápida y eficaz favoreciendo el cumplimiento del mandato del preámbulo de la Constitución Nacional que es afianzar la justicia.
Tras la presentación de los argumentos por parte de la diputada Celina Ramella, la Legislatura resolvió aprobar el nuevo Código Procesal Civil.
En la ocasión, la legisladora sostuvo que “la Corte de Justicia de San Juan consideró necesario y oportuno remitir este proyecto legislativo que permita por una parte la readecuación de las normas de procedimiento al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y por otra parte la revisión general de los institutos procesales y las competencias funcionales para lograr la modernización y adaptación a las nuevas modalidades de gestión y organización del Poder Judicial”.
“Al sancionar este Código de Procedimiento Civil adecuamos su normativa a las acciones, derechos y garantías establecidos en la Constitución Nacional, Provincial y en este nuevo Código Civil y Comercial de la Nación”, señaló la diputada Ramella.
La diputada dio a conocer los principales asuntos que se incorporan en este Código Procesal Civil y dijo “se destaca el Proceso Colectivo, la Acción de Tutela Preventiva del Daño, la implementación de tecnología digital efectivizando la paulatina eliminación del uso de papel y el acceso remoto de los operadores jurídicos a la constancia del proceso con una perspectiva de llegar al expediente digital lo más pronto posible. Además, la suspensión de los plazos procesales que pueden pedir los abogados litigantes en momentos de parto, adopción, cuidado de un familiar enfermo, internación, entre otras causales, resguardando así sus derechos fundamentales”.
“Por otra parte, se actualizan las imposiciones del domicilio, domicilio electrónico, el proceso arbitral y el proceso sucesorio haciéndolo justamente en base a las normas del Código Civil y Comercial de la Nación. Se ha modificado y adaptado la estructura y las funciones de los organismos judiciales, las reglas de competencias; se acentúa el propósito de otorgar celeridad al trámite de las causas, no solamente con la inmediatez del juez y de las partes en todos los actos procesales sino además
en la concentración en la audiencia inicial de todo lo que tiene que ver con la prueba y con las peticiones de las partes”, agregó la diputada.
“También amplia los supuestos de notificaciones electrónicas y faculta a la Corte a incorporar la notificación por cédula mediante este mecanismo electrónico. Regula además la subasta electrónica como medio ágil, transparente y seguro para proceder a la venta forzada de los bienes en la etapa de ejecución de la sentencia. Simplifica el proceso del beneficio de litigar sin gastos en orden a enfatizar el objetivo de facilitar el acceso a la justicia de las personas vulnerables. Atenúa los requisitos e interposición de la acción otorgando al juez un rol más activo en la gestión de la prueba. Por otra parte, adecúa el proceso de adquisición de dominio por Usucapión para el que se dispone un trámite del proceso ordinario y se incorpora la comunicación previa al fiscal de Estado a fin de ejercer la oportuna y eficaz defensa de los derechos de la provincia, y con esto resguardar el interés fiscal. Estas serían las cuestiones más importantes del Código”, concluyó la legisladora Celina Ramella.
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