Redujeron el monto para compras en el exterior por el sistema puerta a puerta

Es un decisión de la AFIP que rige desde este viernes. Sigue en análisis, aplicar mayores restricciones a los gastos con tarjeta.

El Gobierno redujo de US$3000 a U$S1000 el límite para las compras en el exterior que se realicen a través de los llamados servicios de courier o puerta a puerta. La medida alcanza desde este viernes a personas humanas y jurídicas, resolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Lo hizo mediante la resolución general 5260, publicada en el Boletín Oficial, en la que introduce cambios en las normas relativas a la importación y exportación de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales/Courier.

   La decisión de la AFIP abarca a las compras de productos en el extranjero cuyos envíos se realizan a través de de correos, conocido como puerta a puerta. Busca, según se indicó en los considerandos de la resolución “el fortalecimiento de acciones de control y fiscalización ejecutadas en los distintos regímenes de importación”.

   La medida se suma al fin de las cuotas para las compras en el exterior de pequeños envíos, que dispuso el BCRA a fines de junio, y el recargo para el dólar tarjeta, vigente desde el 14 de julio, se pone en marcha cuando el ministro de Economía, Sergio Massa, evalúa mayores restricciones a los gastos con tarjeta en el exterior.

Qué dice la resolución 5260 de la AFIP que limita las compras con el puerta a puerta

La AFIP expuso que en el sistema puerta a puerta se detectaron operaciones “con irregularidades las cuales derivaron en denuncias infraccionales y/o penales”. Por tal motivo, se optó por adoptar medidas tendientes a fomentar el resguardo de la renta fiscal”. También sostuvo que “resulta necesario actualizar los valores FOB vigentes para las mercaderías ante el “escenario económico actual y a fin de evitar la desnaturalización del régimen en trato”.

   En ese sentido, estableció que los nuevos criterios rigen para los envíos que ingresen a través de un servicio courier “destinados a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta cincuenta kilogramos y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan US$1000 por vuelo.

   También se modificó el valor para los casos de exportación para consumo en forma simplificada: “El valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los US$3000 para cada remitente del envío”.

  Qué productos se pueden comprar por el sistema “puerta a puerta”
  Por los servicios de courier se puede adquirir mercadería de uso personal y no comercial como comestibles, indumentaria, juguetes, productos tecnológicos, objetos de decoración.

   Los límites ahora son de hasta 50 kilos de peso y no pueden superar los US$1000 de importe final.

   La franquicia libre de impuestos sigue vigente en US$50.

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