Uno por uno: los puntos clave de la nueva ley ómnibus que enviará Milei al Congreso

Será una versión más acotada, con el paquete fiscal, sin aumento de retenciones y la posibilidad de restaurar el impuesto a las Ganancias.

Luego del traspié el mes pasado durante las sesiones extraordinarias, el Gobierno nacional acordó con los gobernadores que volverá a enviar al Congreso en los próximos días una nueva versión más acotada y precisa del proyecto de "ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos".

El borrador incluye el capítulo fiscal que el Poder Ejecutivo había decidido borrar del dictamen cuando empezó a embarrarse la discusión con los bloques dialoguistas, y prescinde de un gran abanico de temas accesorios que estaban contemplados en la letra original (seguridad, cultura, educación, código civil).

También se discutió con los gobernadores que podría incluirse en el texto la reposición del impuesto a las Ganancias, ahora renombrado como "impuesto a los ingresos personales".

El primer título del proyecto hace referencia a la declaración de la emergencia y la delegación de facultades. De las 11 planteadas originalmente y las seis que se votaron en el último dictamen, quedaría apenas cuatro emergencias por un plazo de un año: administrativa, económica, financiera y energética. 

Es decir que por fuera de la línea de corte quedaron la emergencia tarifaria y la de seguridad, que habían sido objeto de fuerte controversia durante el verano.

El segundo título está vinculado a la Reforma del Estado y allí radican los instrumentos legales para llevar adelante la reorganización de la Administración Pública nacional. Se habilita a eliminar reparticiones, fusionar estructuras, disolver parcial o totalmente organismos de la administración central o descentralizada creados por ley o norma de rango equivalente. 

Quedan excluidas las universidades nacionales, CONICET e INTA.

Acerca de los fondos fiduciarios, el punto donde se había empantanado la discusión en febrero pasado, el Ejecutivo vuelve a la carga y propone la modificación, disolución o extinción de los fideicomisos públicos y la reversión de sus recursos al Tesoro Nacional hasta la próxima ley de presupuesto.

El otro frente que hizo tambalear la ley ómnibus fue el capítulo de privatizaciones. Para achicar el margen de error, esta vez el Gobierno restringirá a no más de 13 empresas sujetas a privatización.

El siguiente título tiene que ver con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) y se aclara que las acciones de empresas se consolidan dentro de ANSeS y no se transfieren al Tesoro, lo cual las haría embargables. 

La nueva ley ómnibus también comprenderá un título vinculado a los contratos vigentes y acuerdos transaccionales, por el cual se habilitará a la renegociar o rescindir contratos de determinadas características y montos bajo determinadas circunstancias de emergencia.

En el capítulo V, se incluye la formulación de un nuevo mecanismo de movilidad previsional en base a un ajuste mensual por IPC desde abril, y 10 puntos porcentuales de recomposición para compensar parcialmente la pérdida de ingresos reales de las prestaciones en el primer trimestre.

El siguiente título hace alusión a la creación de un régimen de blanqueo laboral, con facilidades y exenciones impositivas para la contratación de personal registrado.

El capítulo que le sigue es el que lleva como título “desregulación económica” y comprende la modificación de regulaciones sobre la actividad económica privada que atenten contra la libre competencia, eleven costos, generen escasez o produzcan algún otro tipo de distorsión de mercado.

El título VIII estará dedicado a la Energía y comprende cambios en la ley de Hidrocarburos. Se establece el libre comercio internacional, la libre disponibilidad y se prohíbe la intervención o la fijación de precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción. Se termina la idea del barril criollo con su precio diferenciado del internacional.

También se incluye allí la cuestión de biocombustibles y transición energética.

El siguiente título correspondería al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que tiene que ver con otorgar beneficios para acelerar la toma de decisiones de inversión brindando un marco de seguridad jurídica.

El paquete fiscal 
La gran novedad del acuerdo entre Nación y las provincias tiene que ver con la decisión de reflotar el paquete fiscal, y eso incluye una moratoria impositiva para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la Seguridad Social, y también un blanqueo de capitales.

Este nuevo régimen de exteriorización de activos no declarados para residentes y no residentes tendría plazo para la adhesión hasta el 30 de noviembre de 2024.

Se cobra un impuesto especial para sumas mayores a 100.000 dólares, cuya alícuota varía en función de los plazos de adhesión (hasta el 31 de mayo: 5%, hasta el 31 de agosto: 10%, hasta el 30 de noviembre: 15%).

La adhesión al régimen implicará que esos contribuyentes quedarán “liberados de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes, créditos y tenencias que se declaren”.

Se incorpora un premio a contribuyentes cumplidores desde 2020 a la fecha, con una reducción de la alícuota de Bienes Personales para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026.

Dentro del paquete fiscal también aparece la modificación de impuestos internos al tabaco y la eliminación del impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.

Un capítulo aparte merece la discusión del impuesto a las Ganancias o ley de Ingresos Personales, ya que hay gobernadores que no quieren pagar el costo político de establecer un piso de 1.500.000 pesos como propone el Gobierno para la cuarta categoría.

El monotributo también estará entre los temas a reformar dentro del paquete fiscal ya que aumentarán los topes de facturación de cada una de las escalas así como también las alícuotas fiscales.

(NA)

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