El Gobierno avanza con una reforma laboral que modifica vacaciones, licencias e indemnizaciones

El proyecto, que se debate en el Consejo de Mayo, propone cambios en tres ejes centrales: establece nuevas reglas para las vacaciones, modifica el pago por licencias médicas y reduce el cálculo de las indemnizaciones por despido.

El Poder Ejecutivo nacional avanza en la discusión de un proyecto de reforma laboral que introduce modificaciones sustanciales en tres ejes centrales de la legislación laboral argentina. La iniciativa, que se debate en el marco del Consejo de Mayo con representantes del sector empresarial pero sin consenso de las organizaciones sindicales, podría ser enviada al Congreso hacia fines de año como parte del paquete de reformas estructurales.

El borrador propone cambios significativos en el régimen de vacaciones, licencias por enfermedad e indemnizaciones por despido. Según fuentes oficiales, el objetivo es establecer un marco normativo "más flexible y homogéneo" que incentive la creación de empleo formal, mientras que desde la CGT califican la propuesta como "un retroceso de derechos" y manifiestan su rechazo a la versión actual del texto.

En materia de vacaciones, el proyecto establece que el empleador deberá otorgar el descanso anual dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo acuerdo individual entre las partes. La notificación de la fecha de inicio deberá realizarse con 45 días de anticipación y se habilita el fraccionamiento del período vacacional en tramos no menores a una semana. Además, se establece que cada trabajador deberá tomar al menos un período durante la temporada de verano una vez cada tres años.

Respecto a las licencias por enfermedad, el nuevo régimen modifica sustancialmente el actual sistema. La prestación económica pasaría a ser de carácter no remunerativo y no contributivo, con excepción de los aportes a obra social. La duración del beneficio variaría según la antigüedad: tres meses para quienes tengan menos de cinco años de servicio y seis meses para quienes superen ese umbral. Los trabajadores con cargas de familia accederían a coberturas extendidas de seis o doce meses según su antigüedad. El monto de la prestación se fijaría en el 80% de los haberes netos.

En lo referente a las indemnizaciones por despido sin causa, el proyecto modifica la fórmula de cálculo estableciendo el equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses. La base de cálculo excluiría el sueldo anual complementario y conceptos semestrales o anuales, y se establecerían topes salariales equivalentes a tres veces el salario mensual promedio del convenio colectivo aplicable. El texto habilita además la sustitución de este régimen por fondos o sistemas de cese laboral mediante negociación colectiva.

La finalización del documento de trabajo y su posterior tratamiento legislativo dependerán de los consensos que logre construir el Gobierno en las próximas semanas, en un contexto de marcado desacuerdo con las centrales obreras.

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