A partir del Lunes 20/abr. rige la "Cuarentena Administrada" en San Juan: contempla más actividades que se podrán desarrollar

San Juan pidió a Nación que hayan más actividades que se puedan desarrollar desde el lunes, las cuales fueron autorizadas. Las actividades se reanudan desde el lunes, pero la cuarentena sigue con lo cual más sectores podrán circular pero sólo para trabajar.

San Juan17/04/2020INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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El viaje del gobernador Sergio Uñac a Buenos Aires sirvió para que, además de estar presente en el anuncio de la reestructuración de la deuda externa que hizo el presidente Alberto Fernández y el ministro de Economía, Martín Guzmán, pueda reunirse con el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y analizar la situación particular de las provincias como San Juan, en donde no hay circulación comunitaria del coronavirus. De esta manera acordaron las actividades que pueden retomarse en la provincia.

El Gobierno de San Juan elaboró un listado con los trabajos y tareas que serán autorizados. La medida tiene como objetivo reactivar la economía en sectores que hasta ahora fueron golpeados por la cuarentena.

Este viernes por la mañana, en un anticipo de Radio AM 1020, el vicegobernador Roberto Gattoni explicó que “el Poder Ejecutivo tiene un protocolo que ya va por 70 páginas, tratando de incorporar la mayor cantidad de actividades posibles para que cuando se liberen paulatinamente, no salgamos de manera improvisada”.

De esta manera, estos son los trabajos que a partir del lunes 20 de abril retomarán sus actividades:

 -Locales de cobranza de servicios e impuestos como Rapipago y Pago Fácil.

-Actividad registral dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, con sistema de turnos y guardias mínimas.

-El comercio minorista de indumentaria, calzado, marroquinería, electrónica, electrodomésticos, juegos y juguetes, cuidado personal, pinturerías, venta de materiales para construcción y decoración podrá vender mercadería ya elaborada a través de diversas plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los compradores y mediante entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público.

-Oficinas de rentas de las Provincias y los Municipios.

-Atención médica y odontológica programada de seguimiento de enfermedades crónicas y de carácter preventiva, con turno previo. Dos pacientes por hora.

-Laboratorio e imágenes con turno previo, pero con dos pacientes por hora.

-Las ópticas, con turno previo y con dos pacientes por hora.

-Empresas de seguros y servicios de verificación de siniestros que permitan realizar los pagos por arreglos de los automóviles y motos afectados por accidentes. En ningún caso se podrá atender al público. Todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

-Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

-Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

-Carpinteros, gasistas, plomeros, etc

-Obras de construcción privada

Aunque aclararon que “las siguientes actividades quedan autorizadas para funcionar sujetas al cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca y de reorganización de turnos y modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”.

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