
Anunciaron la disolución de la Agencia Nacional de Discapacidad
Los funcionarios de la Agencia Nacional de Discapacidad serán absorbidas por el Ministerio de Salud. El anuncio lo realizó Manuel Adorni, en conferencia de prensa.
A la batería de medidas anunciadas para profundizar la reactivación económica, el Gobierno sumó este jueves la prórroga del Repro II para asistir el pago de salarios en sectores críticos.
Argentina21/10/2021
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El gobierno de Alberto Fernández prorrogó a octubre el Repro II para seguir asistiendo el pago de salarios de los trabajadores de los sectores considerados críticos en el marco de la pandemia de coronavirus Covid-19 como el turismo, la hotelería y la gastronomía.
La Resolución 643/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Trabajo Claudio Moroni extiende en sus dos primeros artículos la vigencia del Repro II y fija como fechas de inscripción al programa desde el 25 de octubre hasta el próximo 31 de octubre inclusive.
Esta nueva prórroga se suma así a la fuerte batería de medidas que viene lanzando en las últimas semanas el gobierno nacional con el propósito de profundizar la reactivación que se viene registrando en los últimos meses en todos los indicadores económicos pero cuyo correlato "en la calle" viene más demorado.
Para poder acceder al Repro II se deberán tener en cuenta las siguientes variables:
1) Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Septiembre de 2019 y Septiembre de 2021.
2) Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
3) Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Septiembre 2021.
4) Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Octubre inclusive.
5) Corte de actualización CBU: 23 de Octubre inclusive.
Y podrán acceder quienes registren los siguientes requisitos:
1) Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre Septiembre 2021 y Septiembre 2019.
2) Periodo de referencia de pagos a acreditar:
-Autónomos: de 02/2021 hasta 08/2021
-Monotributo: de 3/2021 hasta 9/2021
3) Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de Octubre inclusive.
El plan Repro II fue creado en noviembre del año pasado con el objetivo de asistir, en medio de la crisis que profundizó la pandemia de coronavirus, el pago de los salarios de los trabajadores de las empresas más afectadas por las restricciones. Se trata de una medida contracíclica tendientes a preservar el empleo.
En tanto en abril se este año se estableció el Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, que al mes siguiente se amplió a trabajadores independientes en sectores críticos, cambiando su denominación por “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”.
“Con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder a los beneficios establecidos en el Programa REPRO II y el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en sectores críticos, se estima necesario establecer el plazo para la inscripción a los citados Programas para el período correspondiente a los salarios devengados en el mes de Octubre de 2021, a través del servicio web del Programa, en la página web de la AFIP, y las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II”, indica la Resolución 643/2021 entre sus considerandos.

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