Chile: el Congreso aprobó el matrimonio igualitario

Con 82 votos a favor, 20 en contra y dos abstenciones, el proyecto solo debe ser promulgado por el presidente Sebastián Piñera para convertirse en ley.

Mundo07/12/2021INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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El Congreso de Chile aprobó este martes el proyecto de ley que autorizará el matrimonio igualitario. Se trata del documento que envió la administración de Michelle Bachelet hace cuatro años y que está a un solo paso de convertirse en ley. La Cámara de Diputados del país limítrofe resolvió dar media sanción al proyecto con 82 votos a favor, 20 en contra y dos abstenciones.

"Se remite al Ejecutivo para sus trámites de promulgación", publicó la cuenta de Twitter de la Cámara baja chilena tras oficializarse la aprobación. Se trata de la segunda instancia del proyecto, luego de que el Senado lo aprobara con 21 votos a favor, ocho en contra y tres abstenciones. Según informó Télam, la votación de senadores involucró la resolución de algunas discrepancias en lo que respecta a la filiación, derechos laborales y la actualización de la ley de identidad de género, la cual no contemplaba el matrimonio igualitario.

El documento entregado durante el gobierno de Bachelet tiene como objetivo admitir la denominación de matrimonio a las uniones de índole homosexual como también permite la adopción y la filiación. Actualmente, la única forma de formalizar una relación para los integrantes de la comunidad LGBTIQ+ chilena era a través del Acuerdo de Unión Civil. Tras la futura promulgación como ley del proyecto por parte del presidente , Chile se convertirá en el octavo país de América Latina en legalizar el matrimonio igualitario.

 Los detalles del proyecto por el matrimonio igualitario en Chile

 Los diputados chilenos acordaron varios detalles de la iniciativa que se encontraban en pugna aún en su etapa en Senadores. Entre ellos, se aprobó que la filiación del hijo que sea concebido a través de "técnicas de reproducción humana asistida" será determinada en base a "las dos personas que se hayan sometido a ellas". En ese sentido, también se avanzó en temas relacionados a la homologación de los derechos de madres y padres trabajadores al gestante y la pareja.

 Por otro lado, el documento promueve que no haya discriminación en el cuidado de hijos e hijas por orientación sexual, identidad o expresión de género, la filiación o la apariencia personal. A su vez, se sustituyó la denominación de "padres" por la de "progenitores".

FUENTE: A24

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