
Valle Fértil: La Cooperativa de la Molienda de Minerales de Valle Fértil recibió la Declaración de Impacto Ambiental

La Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Sustentable y la Dirección de Gestión Ambiental, desarrolla una intensa tarea de fiscalización y monitoreo de empresas, obras e instituciones sanjuaninas, sobre el cuidado que hacen del ambiente en la ejecución de sus actividades.
Desde la Secretaría de Ambiente se trabaja en diseñar estrategias en el Control de la Contaminación Industrial, como así también contribuir, a través de soluciones técnicas, al saneamiento de los recursos involucrados y a la optimización de las condiciones actuales de la industria.
La entrega estuvo a encabezada por el Secretario de Estado de Ambiente Francisco Guevara, la subsecretaria de Residuos Sólidos Urbanos Gabriela Pérez, el Subsecretario Financiero Martín Videla, el Subsecretario de Conservación y Desarrollo Sustentable Jorge Scellato, la Directora de Gestión Ambiental Carla Chirino y el director de Articulación, Nicolás Espejo.

En cuanto a la importancia de la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental y del Certificado Ambiental, el Secretario de Ambiente dijo que “el objetivo como Estado es funcionar de la manera más ágil posible y ser un Estado motorizando la economía con la obra pública, y un sector privado que se encuentra concretando obras muy importantes para la provincia cumpliendo con los parámetros ambientales establecidos por ley".
Este año, la Secretaría entregó más de 40 Declaraciones de Impacto Ambiental, entre las que se encuentran actualizaciones, exenciones y obtenciones, y más de 70 Certificados Ambientales.
Entre las beneficiadas, la Cooperativa de Trabajo Minerales Industriales LTDA. de Valle Fértil. La misma se encuentra situada en calle Alem Nº 255, en Villa San Agustín. La actividad, Trituración y Clasificación de Minerales de Cuarzo y Feldespato.

La Evaluación de Impacto Ambiental, según establece la Ley N º 504-L, es el procedimiento destinado a identificar e interpretar y prevenir las consecuencias o los efectos, que acciones o proyectos públicos o privados puedan causar al equilibrio ecológico, al mantenimiento de la calidad de vida y a la preservación de los recursos naturales existentes en la Provincia, el Decreto Reglamentario N° 2067-1997, en su artículo 18, establece que la DIA deberá ser renovada cada 3 años como máximo.
Por otra parte, obtienen el Certificado Ambiental las empresas que cumplimentaron con los requisitos de la Ley 522-L, Decreto Reglamentario 1211. A través de esta Ley se crea el Registro Provincial de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos, en el que deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas responsables de la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos en la provincia.
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