Nuevo procedimiento: se podrá realizar reclamos al sistema de Salud sin pasar por la Justicia

En el último año se detectó una suba de casi 472% de los amparos presentados ante la Justicia ante la falta de respuesta del sistema de Salud.

Argentina02/09/2025INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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El Gobierno nacional reglamentó este martes el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (Promesa) que busca resolver conflictos entre pacientes y prestadores sin necesidad de la intervención de la Justicia.

Así quedó plasmado en la Resolución 1062/2025 publicada en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. 

 
Además, se estableció la digitalización de trámites para la inscripción y gestión de mediadores en el ámbito federal. La decisión afecta a mediadores, entidades de salud y usuarios del sistema judicial en todo el país.

A partir de ahora, la inscripción y presentación de documentación para el registro de mediadores podrá realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), lo que elimina la obligatoriedad de la gestión presencial en la sede de la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos.

Los mediadores en materia de salud deberán contar con una matrícula diferenciada y cumplir con requisitos específicos de antigüedad y ausencia de sanciones vigentes. En tanto, los que estén inscriptos en registros provinciales podrán acceder al registro nacional si acreditan la antigüedad exigida en su jurisdicción de origen, aunque deberán cumplir con la normativa nacional y abonar la matrícula anual correspondiente.

En cuanto a los honorarios, la resolución fija que los mediadores percibirán el equivalente al ítem I de la escala aprobada por el Decreto 1467/2011, independientemente del monto en discusión. Si la mediación culmina con acuerdo, el honorario se incrementará hasta cinco veces ese importe, en función de la especialización requerida en controversias de salud.

El pago de honorarios en mediaciones sin acuerdo será cubierto por el Fondo de Financiamiento creado por la Ley 26.589, con la obligación de reintegro por parte del requerido si hay condena en sede judicial, o por el reclamante si no inicia acción judicial en el plazo de treinta días hábiles desde el cierre de la mediación.

El objetivo del Promesa es facilitar la resolución de los conflictos que presentan los usuarios del sistema de salud, a la vez que buscará evitar la judicialización. Así, Promesa funcionará como una instancia optativa, diseñada para resolver disputas de forma ágil y con menores costos.

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