Cómo será llevar mascotas en trenes y micros de larga distancia: requisitos y todo lo que hay que saber

El Gobierno autorizó el transporte de mascotas en servicios de larga distancia, con normas claras para garantizar la seguridad y comodidad de todos. Se detallan qué animales se consideran domésticos y las condiciones para su traslado.

Argentina23/12/2025INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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Con el comienzo de la temporada de verano, el Gobierno oficializó la posibilidad de viajar con mascotas en trenes y micros de larga distancia, bajo ciertas condiciones que aseguran la seguridad, higiene y comodidad de los pasajeros.

Esta decisión se formalizó mediante la Resolución 2076/2025 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial, y aplica a servicios de transporte automotor y ferroviario de jurisdicción nacional entre provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

El documento oficial aclara que sólo se autorizan los traslados de "animales domésticos" definidos como aquellos que por su evolución y comportamiento conviven con humanos, recibiendo atención, protección, vivienda y cuidados sanitarios responsables.

Quedan excluidos los perros guías o de asistencia para personas con discapacidad, ya que tienen un régimen específico. Cada pasajero mayor de edad puede llevar un solo animal doméstico y no se permite trasladar más de uno por transportín adecuado para el traslado.

Las empresas de transporte podrán organizar espacios especiales de espera y abordaje en sus terminales y estaciones, con señalizaciones y condiciones adecuadas de seguridad e higiene.

Los pasajeros deben transportar a las mascotas en un contenedor o transportín cerrado, colocándolo sobre la falda, debajo del asiento o en el asiento contiguo, siempre sujetado con cinturón de seguridad.

Las mascotas deberán contar con vacunación antirrábica vigente y cualquier otra certificación requerida por la normativa, las cuales deberán presentarse al abordar o cuando lo solicite el personal de la empresa.

Los pasajeros son responsables en todo momento del bienestar, salud y seguridad de sus animales, y deben evitar causar molestias o riesgos a otros viajeros.

Además, deben seguir las recomendaciones del "Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos", aprobado por el Decreto 1088 de julio de 2011, y acatar las indicaciones de las empresas de transporte.

Las empresas pueden fijar tarifas para el traslado de animales según el mercado y la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, establecer condiciones sobre especies, razas, pesos y dimensiones, así como definir los procedimientos de limpieza y desinfección posteriores.

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