
La VTV podrá hacerse en talleres habilitados y con inscripción oficial
INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRLa Verificación Técnica Vehicular (VTV) comenzó una nueva etapa con la habilitación de talleres mecánicos particulares, concesionarias e importadores para realizar la revisión, siempre que estén inscriptos y autorizados en el sistema correspondiente. El cambio amplía la oferta de lugares para hacer el control, pero no modifica la exigencia central: solo tendrá validez el certificado emitido por un establecimiento habilitado. En ese esquema, la verificación realizada fuera del padrón oficial no reemplaza la VTV ni la RTO (Revisión Técnica Obligatoria) exigida para circular.
Inscripción y requisitos
Antes de sacar turno, los conductores deberán comprobar que el taller figure en el padrón oficial de establecimientos habilitados y que esté autorizado para revisar la categoría del vehículo correspondiente. La inscripción es pública, gratuita y digital, a través de la plataforma de Trámites a Distancia. Los establecimientos deberán acreditar capacidad técnica, contar con equipamiento homologado y disponer de un ingeniero matriculado a cargo de la dirección técnica.
Controles sobre el vehículo
La revisión mantiene como objetivo verificar que el vehículo esté en condiciones seguras para circular. Entre los puntos que se controlan figuran frenos, suspensión, dirección, neumáticos, luces y emisión de gases contaminantes. Los talleres habilitados deberán usar equipos homologados que permitan mediciones objetivas, y cada inspección tendrá que quedar registrada con el resultado, los defectos detectados y los motivos de un eventual rechazo.
Oblea y certificado
Una vez aprobada la revisión, el conductor recibirá la oblea para el parabrisas y un certificado digital con la misma validez. La nueva operatoria busca ampliar la cantidad de centros disponibles, pero la autorización sigue siendo el punto determinante para emitir documentación válida. Por eso, la verificación previa del establecimiento resulta necesaria antes de pagar el turno o concurrir al control.
Plazos vigentes
El esquema nacional también modificó los plazos para los automóviles particulares. Los vehículos nuevos deberán realizar la primera revisión a los cinco años desde el patentamiento. Luego, los que tengan hasta diez años de antigüedad deberán repetir el control cada dos años, mientras que los vehículos más antiguos continuarán con una revisión anual. La aplicación del sistema dependerá, además, de la adhesión y de las reglas que establezca cada jurisdicción.


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