La Justicia ordenó indemnizar a un minero por un ACV en altura

La Cámara Laboral confirmó que el episodio se considera accidente de trabajo. La condena recae sobre la ART y marca un precedente inédito.
San Juan25/09/2026INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR

La Justicia confirmó que un ACV sufrido por un trabajador minero en 2012 debe considerarse un accidente laboral y, por eso, la aseguradora de riesgos del trabajo deberá indemnizarlo. El caso fue resuelto por la Sala 1 de la Cámara Laboral y, según fuentes calificadas, es un precedente inédito para tareas realizadas a 4.500 metros de altura.

El fallo ratificó una sentencia de primera instancia y sostuvo que las condiciones de trabajo en alta montaña tuvieron relación directa con el cuadro que sufrió el empleado. De acuerdo con la pericia médica citada en el expediente, el cambio de presión atmosférica y la hipoxemia crónica continua fueron factores que influyeron en el evento.

Los jueces también tomaron en cuenta que el trabajador había pasado por exámenes preocupacionales y controles anuales, pero esos estudios no detectaron patologías previas. En ese punto, el tribunal entendió que no se pudo evitar el siniestro y que, de haberse advertido la condición, probablemente no habría realizado tareas de campo en alta montaña.

La aseguradora condenada es Experta ART SA, antes La Caja ART SA. En el expediente sostuvo que el ACV era una afección ajena al trabajo y vinculada a causas personales o genéticas, además de remarcar que el empleado no hacía tareas pesadas ni peligrosas.

Según surge de la causa, el hombre era un topógrafo que trabajaba en 2012 en el proyecto Pascua Lama, de Barrick. La minera quedó fuera del reclamo y la condena recayó sobre la ART, mientras que el monto no trascendió.

La sentencia confirmó además que el trabajador quedó con una incapacidad del 76% y fijó el criterio para calcular la indemnización. El fallo de Cámara fue firmado por Mariano Ibañez, con adhesión de Susana Raed y una disidencia parcial de Guillermo Rahme Quattropani; la primera instancia había sido dictada en 2023 por Matías Pallito.

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