ARCA volvió a prorrogar el vencimiento de Ganancias y hay nueva fecha

Con la nueva prórroga, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de octubre de 2026 para completar el trámite.
Argentina08/10/2026INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió nuevamente el plazo para presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de octubre de 2026, aunque el pago del saldo continúa con la fecha vencida en julio.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Con la nueva prórroga, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de octubre de 2026 para completar el trámite.

La medida fue oficializada este jueves mediante la Resolución General 5911/2026, publicada en el Boletín Oficial. Según explicó el organismo, la decisión responde a “razones de administración tributaria” y apunta a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Desde el Gobierno también señalaron que la extensión está vinculada con la sanción de la denominada Ley de Inocencia Fiscal II, cuyas disposiciones tienen impacto sobre la liquidación del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2025.

Esta es la cuarta modificación del plazo establecida por ARCA para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias del período 2025. El vencimiento original había sido extendido inicialmente hasta el 27 de julio de 2026. Posteriormente, pasó al 22 de septiembre, luego al 13 de octubre y ahora fue llevado hasta el 30 de octubre.

La nueva prórroga corresponde exclusivamente a la presentación de la declaración jurada y no modifica la fecha de pago del saldo resultante. Ese vencimiento se produjo el 27 de julio de 2026, por lo que se mantiene la diferencia entre la fecha de presentación y la fecha de pago.

De acuerdo con la nueva disposición, las personas humanas y las sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del simplificado, podrán presentar excepcionalmente la declaración jurada de Ganancias 2025 hasta el 30 de octubre de 2026.

En cambio, el organismo no volvió a extender el plazo correspondiente al primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026. Esa obligación había sido postergada a fines de agosto y finalmente venció el 24 de septiembre pasado.

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