Éstas son las nuevas reglas para las transferencias de autos y motos
En primer lugar, las Cédulas de Identificación de los Automotores y Motos (ya sea verde o la azul) tendrán una vigencia de un año corrido a partir de su expedición y no de tres como sucede actualmente.
La Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA), organismo que depende del Ministerio de Justicia, dispuso que a partir del 5 de abril habrá nuevas reglas en lo concerniente a las transferencias y registros de autos y motos en la Argentina.
En primer lugar, las Cédulas de Identificación de los Automotores y Motos (ya sea verde o la azul) tendrán una vigencia de un año corrido a partir de su expedición y no de tres como sucede actualmente.
La modificación solo constará para aquellas personas que no sean titulares del vehículo. También quedarán excluidos del plazo de un año para la renovación los conductores debidamente habilitados por la autoridad competente al uso taxi o remís.
¿Cómo renovarla?
Una vez vencido el plazo de validez, o dentro de los 90 días corridos anteriores al vencimiento, el titular registral podrá solicitar la expedición de una nueva cédula.
La petición se formulará mediante el uso de Solicitud Tipo 02 (formulario manual) o TP (formulario digital) y se entregará, en el acto de retirarse la nueva Cédula, la anterior en uso para su retención por parte del Registro.
En tanto, los duplicados se extenderán con una vigencia de un año, excepto cuando normas vigentes fijen un plazo menor.
La Verificación será obligatoria para más vehículos.
Por otra parte, la Verificación Técnica Vehicular (VTV), que se realiza anualmente, se efectarán en plantas que están a cargo de peritos de las distintas policías del país, autorizados por la DNRPA, que está facultada para verificar que los automotores no hayan sufrido cambios o adulteraciones en las partes que los conforman como tales.
La verificación física es una revisión que se hace en cada vehículo para constatar que el número de motor, de chasis y tipo de automotor correspondan con lo especificado en la documentación de la unidad.
La Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA), organismo que depende del Ministerio de Justicia, dispuso que a partir del 5 de abril próximo será obligatorio verificar en los trámites de transferencias de automotores inscriptos inicialmente a partir del 1 de enero de 2001, y también en las de motovehículos de fabricación nacional inscriptos a partir del 1 de enero de 2004.
Las verificaciones físicas se efectúan en plantas que están a cargo de peritos de las distintas policías del país, autorizados por la DNRPA, que está facultada para verificar que los automotores no hayan sufrido cambios o adulteraciones en las partes que los conforman como tales.
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