Diputados aprobó la modificación de la ley de regalías mineras
Se dejó sin vigencia la aplicación del artículo 11º de la Ley 1181-A que tiene que ver con la prohibición de la compensación de las obras de infraestructura energética, con las regalías mineras.
Con el objetivo de facilitar a las empresas que inviertan en obras de infraestructura eléctrica, siempre que las mismas sean de utilidad pública y por consiguiente traigan bienestar para los sanjuaninos, la Cámara de Diputados de San Juan dejó sin vigencia la aplicación del artículo 11º de la Ley 1181-A que tiene que ver con la prohibición de la compensación de las obras de infraestructura energética, con las regalías mineras.
Con veintitrés votos positivos, el cuerpo parlamentario derogó el texto del articulo mencionado que establece lo siguiente:
ARTÍCULO 11.- Las empresas mineras, incluidas las empresas detalladas en los artículos anteriores, que desarrollen actividades que deriven en requerimientos de capacidad instalada de las obras objeto de la presente ley o que efectúen aportes económicos para la amortización o pago de dichas obras de infraestructura energética en beneficio de la Provincia de San Juan, según los criterios establecidos en los artículos precedentes, no podrán compensar el valor de su inversión, con las regalías mineras previstas en la Ley Nº 716-M, no obstante la utilidad pública que se declara por la presente ley, ni tampoco podrán afectar la base sobre la que se calculan las mencionadas regalías mineras.
Este punto del orden del día obtuvo además cinco votos negativos y siete abstenciones. En la ocasión, el diputado Sergio Miodowsky hizo moción para que volviera su tratamiento a comisiones, la cual fue rechazada por la mayoría.
En cuanto a los fundamentos, éstos fueron presentados por el diputado Jorge Barifusa como miembro informante. En la ocasión, indicó que “el motivo de la norma proyectada se basa en la necesidad de retomar el criterio compensatorio respecto a las obras energéticas, esto es, tal cual se encontraba establecido en el artículo 19º de la Ley Nº 716— M. Es decir, que, con la derogación proyectada, se intenta facilitar a las empresas que inviertan en obras de infraestructura eléctrica, siempre que las mismas sean de utilidad pública y por consiguiente traigan bienestar para los sanjuaninos. En este sentido, las obras que las empresas proyecten deberán cumplimentar todas las exigencias legales previstas en la ley y entre las que se encuentran, la declaración legal de utilidad pública y la aprobación del proyecto con los 2/3 de los miembros del Poder Legislativo entre otros requisitos”.
También hablaron en favor del proyecto los diputados Eduardo Cabello, Mario Romero, Horacio Quiroga, Gastón Berenguer, Fernanda Paredes, Celina Ramella, Enrique Montaño, Mauro Marinero, y Juan Carlos Abarca. Por otra parte, manifestaron su oposición durante el debate los legisladores Sergio Miodoswky, Leonardo Gioja y Juan Carlos Gioja.
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