Desde este miércoles, rigen tres nuevos códigos procesales
Las tres leyes fueron impulsadas por la facultad constitucional de Iniciativa Legislativa de la Corte de Justicia de San Juan.
A partir de este miércoles, rigen en San Juan tres nuevos códigos procesales que modificarán la justicia local: el primer Código Procesal de Familia de San Juan, y las modificaciones al Códigos Procesal Civil, Comercial y Minería de San Juan y al Código Procesal Laboral de San Juan.
La modernización de los códigos procesales fueron impulsados por la Corte de Justicia de San Juan, creando Comisiones de Redacción integradas por jueces y funcionarios del Poder Judicial de San Juan, legisladores provinciales y representantes del Foro de Abogados, elaborando los respectivos proyectos. Concluidos éstos, fueron remitidos a la Cámara de Diputados de San Juan para su sanción, haciendo uso la Corte de Justicia de la facultad de Iniciativa Legislativa prevista en el Artículo 207, inciso 8, de la Constitución Provincial.
Las modificaciones al Código Procesal Civil, Comercial y de Minería de San Juan se sancionaron en la Ley Provincial N.º 2415-O; mientras que las modificaciones al Código Procesal Laboral de San Juan se sancionaron en la Ley Provincial N.º 2424-O. Los principales cambios responden a una revisión general de los institutos procesales, con el objetivo de lograr la modernización y adaptación a las nuevas modalidades de gestión y organización del Poder Judicial, tales como la Oficina Judicial, la Presentación de Escritos y la Notificación Electrónica, entre otros aspectos generales.
El primer Código Procesal de Familia se aprobó mediante la Ley Provincial Nº 2435-O. Algunos de sus ejes principales son la “Constitucionalización del Derecho Procesal de Familia; subsidiariedad del Código Procesal Civil y Comercial; Parte General y desarrollo de los principios procesales del Derecho de Familia; personas vulnerables, niños, niñas y adolescentes, y personas con discapacidad; obligación de abordar el conflicto familiar con perspectiva de género; Medidas Cautelares propias del fuero de familia; Parte especial - Procesos de conocimiento y Procesos Especiales; Proceso de Restitución Internacional de Niños, niñas y adolescentes. Innovación a nivel nacional”.
Fuente: San Juan 8
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