El Gobierno reglamenta el uso de armas no letales para detener delincuentes

El Ministerio de Seguridad aprobó dichas herramientas cuando un arma letal exceda la necesidad de una amenaza. Los miembros de las fuerzas de seguridad recibirán una capacitación.

En un movimiento significativo para la seguridad pública, el Ministerio de Seguridad, liderado por Patricia Bullrich, ha reglamentado el uso de armas no letales en las fuerzas de seguridad. La medida, formalizada a través de la Resolución 2024-704 publicada en el Boletín Oficial, permite la utilización de este tipo de armamento en situaciones donde el uso de armas letales podría ser desproporcionado o generar riesgos innecesarios.

La resolución estipula que las fuerzas de seguridad emplearán armas no letales cuando "el uso de un arma letal exceda la necesidad derivada de la amenaza o pueda generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar". Esto busca minimizar el riesgo de muertes y lesiones graves tanto para los agresores como para los espectadores inocentes.

Además, la normativa requiere que los miembros de las fuerzas de seguridad reciban una capacitación obligatoria antes de ser autorizados a utilizar estas armas. La Dirección Nacional de Formación y Desarrollo Profesional de la Secretaría de Seguridad será la encargada de impartir estas instrucciones, asegurando que el personal esté adecuadamente preparado para manejar las situaciones de manera efectiva y segura.

Un aspecto crucial de la resolución es que, en circunstancias que lo permitan, los funcionarios deberán identificarse verbalmente como agentes de seguridad antes de utilizar las armas no letales. "Ante la necesaria utilización de armas no letales, los funcionarios de las Fuerzas Policiales deberán identificarse como tales a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el mismo personal", especifica el comunicado oficial.

Cuáles son las armas no letales que autorizó el Ministerio de Seguridad
Las armas no letales autorizadas por la cartera de Seguridad para aprehender agresores son:

Pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales.
Pistolas que disparan municiones con substancias irritantes u otros productos químicos no letales.
Artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales.
Gases paralizantes.
Cualquier otro armamento no letal aprobado conforme a la reglamentación y que cumpliera los mismos fines.

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