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Se trata de una decisión parcial de la jueza Adriana Tettamanti sobre los artículos 35 y 135 de la ley que elimina las PASO en San Juan.
San Juan06/04/2022El Juzgado Contencioso Administrativo, a cargo de Adriana Tettamanti, resolvió hacer lugar parcialmente a la medida cautelar presentada por el Partido del Trabajo y del Pueblo (PTP) y suspendió los artículos 35 y 135 de la ley 2348-N que elimina las PASO en San Juan.
El apoderado de PTP, Federico Agüero, y el abogado Javier Alamino, presentaron la cautelar el pasado 22 de marzo luego de realizar la acción de ilegalidad. La solicitud se basa en la suspensión da la aplicación de la Ley 2348-N, y en particular los artículos 2, 35, 113 y 135, manteniendo el régimen anteriormente vigente hasta que se resuelva en definitiva ya que existe ilegalidad del procedimiento y restricción en la participación democrática.
De este pedido, la jueza Tetamantti dio lugar sólo a la suspensión de los artículos 35 y 135 porque, según el argumento, "acentúa la desigualdad en materia electoral en razón de que exige ser afiliado a un partido político para ejercer el derecho a seleccionar los candidatos para cargos políticos, por cuanto la única exigencia al partido para presentar listas es la elección interna partidaria o que presenten la lista única proclamada como ganadora sin hacer elecciones internas".
No así para los artículos 2 y 113. Según expresó la magistrada para el primero "no advierto que se encuentren configurados los presupuestos necesarios para el despacho favorable de una medida cautelar, sin perjuicio del mayor debate que habilita la sustanciación del juicio con la debida participación de la demandada, y que pueda variar la convicción judicial que en esta oportunidad se expresa". Y para el segundo pronunció que "exige mayor debate y prueba, que será objeto del pronunciamiento definitivo que oportunamente se dicte en la causa".
Fuente: TELESOL
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