Este viernes queda habilitado el Paso de Agua Negra: horarios, documentos y requisitos

Este viernes, 22 de noviembre, a las 12:00,  abrirá por primera vez en la gestión de Marcelo Orrego el Paso Internacional de Agua Negra. En la nota, los detalles.

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La apertura de este corredor internacional es resultado de reuniones bilaterales entre las autoridades de San Juan y la Quinta Región de Chile, encabezadas por el gobernador Marcelo Orrego y su par Darwin Ibacache. En estos encuentros se acordó que el complejo fronterizo esté completamente preparado para recibir a los viajeros y realizar los trámites necesarios.

Paso de Agua Negra: requisitos 
En cuanto a los requisitos para cruzar la frontera, se informó que los ciudadanos argentinos deben presentar: 

Argentinos: DNI tarjeta para países Mercosur o pasaporte para países extra Mercosur.
Extranjeros residentes, permanentes o temporarios: DNI tarjeta o libreta bordó formato digital para países Mercosur (Siempre que por su nacionalidad no requieran visa consular para país de destino) y pasaporte de su nacionalidad para países extra Mercosur.
Autorizaciones para menores de edad:

Los menores de 18 años sean ellos: argentinos, residentes permanentes, temporarios o precarios; que hubiesen permanecido en el país un año o más, sin perjuicio de su categoría migrantes, deberán presentar además del documento de viaje la siguiente documentación:

-Si viaja acompañado de ambos padres: Acta, partida o certificado de nacimiento original. Con DNI tarjeta digital, si ambos padres figuran al reverso.
-Si viaja acompañado de sólo uno de sus padres: Autorización para salir del país del otro padre.
-Si no viaja acompañado de sus padres: La autorización para salir del país de ambos padres.

La autorización de uno o ambos padres se puede otorgar por:

-Dirección Nacional de Migraciones, delegación San Juan (Santa Fe 548 Este), Escribano Público con legalización Colegio Notarial; Juez competente con sello de la Corte de Justicia; Cónsul argentino o extranjero con legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
-Los tutores y curadores pueden viajar acompañando al menor debiendo presentar la resolución judicial respectiva que los designa en ese carácter.
-Si los padres no están de acuerdo o se encuentran imposibilitados de otorgar autorización de viaje, o si el menor se encuentra a disposición judicial, o se encuentra bajo guarda con fines de adopción, se requiere la autorización judicial supletoria debiendo portar tal documento certificado.

Documentación de automotor exigida:

-Titular Registral: Cédula de Identificación del Automotor y DNI o Pasaporte.
-Persona Autorizada: Cédula de Autorización (Cédula Azul) y DNI o Pasaporte; o Autorización Notarial por Escribano Público certificada por el colegio de escribanos, cédula de identificación del vehículo y DNI o Pasaporte; ó autorización emitida ante la autoridad aduanera de la jurisdicción del domicilio real del propietario del vehículo particular, a efectos de su certificación por el servicio aduanero, a través del Formulario "Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno" F. OM-2261 por duplicado, en el sector reservado para ello, cédula de identificación del vehículo vigente y DNI o Pasaporte.

Los vehículos con contrato de leasing vigentes: es necesario contar con Autorización notarial certificada (escritura pública) otorgada por la Entidad Financiera interviniente a favor de la persona física responsable del vehículo acompañado de la tarjeta de identificación del vehículo y DNI o Pasaporte del autorizado.

Asimismo los vehículos deben contar con Seguro Internacional del Automotor y Revisión Técnica Obligatoria.

Paso de Agua Negra: horarios
Respecto a los horarios de funcionamiento, el paso operará inicialmente de 7:00 a 16:00 desde San Juan y de 7:00 a 21:00 desde Chile, priorizando la seguridad y la visibilidad en el cruce. Sin embargo, hacia el final de la temporada, se evalúa reducir una hora el horario operativo en función de las condiciones lumínicas.

Paso de Agua Negra: cuánto se puede ingresar en mercadería
Asimismo, se recordó que cada persona puede ingresar mercancías desde Chile por un valor máximo de 300 dólares.

-Las franquicias son personales y deben ser tomadas en forma individual. Sólo podrán ser utilizadas en forma conjunta cuando los viajeros constituyan un grupo familiar -cónyuges e hijos menores de dieciséis años no emancipados-, incluso cuando se trate de un único bien.
-Las franquicias no podrán ser utilizadas más de una vez por mes.
-Cuando se superan los montos detallados precedentemente, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, la diferencia estará sujeta al pago de un tributo del 50% del valor de la mercadería sobre dicho excedente, mediante la presentación del comprobante de compra legalmente emitido (Ticket o Factura de compra).

Paso de Agua Negra: internet y helipuerto
Además, para esta temporada se han implementado mejoras significativas. Entre ellas, la instalación de internet satelital Starlink, que agilizará la comunicación y permitirá la digitalización de declaraciones juradas. También se anunció que el paso contará con un helipuerto, el primero en su tipo en el país, que garantizará respuestas rápidas ante emergencias.

Paso de Agua Negra: qué se puede pasar y qué no
Productos autorizados:

-Conservas: pescado, porcinos, aves.
-Lácteos: leches fluidas pasteurizadas, condensada, en polvo, yogurt, manteca, dulce de leche, quesos elaborados a base de leches pasteurizadas.
-Frutos o vegetales procesados: papas fritas, frutos en almíbar, vegetales en vinagre u otros conservantes, conservas de frutas y hortalizas, productos secos, tostados y/o salados, vegetales enlatados o envasados al vacío.
-Otros productos: mermeladas, frutas confitadas, jugos, azúcar, aceite.
-Productos porcinos: Jamón serrano e ibérico, lomo ibérico, trozado o laminado, sin hueso, procedente del REINO DE ESPAÑA, en envase al vacío o atmósfera controlada original de fábrica, debidamente rotulado e identificado y de libre comercialización en dicho país, según establece la Resolución 655/2017.
-Debidamente rotulados y en cantidades acordes al consumo personal.

Productos no permitidos:

-Alimentos: productos de manufactura casera, carnes de cualquier especie animal, chacinados, embutidos, jamones, miel, productos y derivados lácteos, alimentos sin identificación o rótulo.
-Vegetales: frutas y hortalizas frescas; flores y plantas de jardín; plantas frutales, ornamentales y forestales; vegetales y sus partes (semillas, raíces, yemas, etc.).
-Animales vivos: en caso de mascotas, rige la Res. 295/99.
-Otros productos: alimentos para animales, productos apícolas (cera, propóleos, etc.), productos veterinarios (sueros, vacunas y otros), insectos, bacterias, hongos, material reproductivo y otros.

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