Fallo inédito: la Justicia obligó a una mujer a pagar la cuota alimentaria que su esposo le adeudaba a su ex

La damnificada es una adolescente de 16 años y su progenitor no paga desde 2016. El hombre, que no tiene trabajo en blanco ni bienes a su nombre, se casó con otra mujer que fue considerada “responsable solidaria” y deberá responder con su patrimonio.

Argentina24/03/2025INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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En un fallo inédito, la Justicia de Córdoba resolvió que la esposa de un hombre que no paga la cuota alimentaria desde 2016 debe asumir la responsabilidad solidaria por la deuda de la hija adolescente de él. La chica de 16 años, cuya madre la cría sola, había quedado sin el aporte del padre tras su separación cuando tenía solo 7 años.

 El Juzgado de Familia de 6° Nominación de la capital provincial determinó que, aunque la mujer no desempeñaba el rol de madre afín, el principio de solidaridad familiar le otorga la responsabilidad de garantizar el derecho alimentario de la joven hasta que alcance la mayoría de edad. La decisión se basa en el incumplimiento reiterado del padre y en la obligación de los cónyuges de colaborar con el bienestar de los hijos, incluso si estos provienen de una relación anterior.

El padre, que no posee trabajo formal ni bienes a su nombre, se casó nuevamente en 2023, y su nueva esposa fue considerada responsable de la deuda alimentaria. A pesar de su defensa, de que la obligación debía recaer sobre los familiares biológicos del padre, la jueza Marcela Alejandra Menta desestimó este argumento y optó por hacer cumplir la ley mediante la responsabilidad solidaria de la cónyuge.

En conjunto con el principio de solidaridad familiar, el deber de contribución y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, el tribunal hizo pesar el artículo 553 del Código Civil, que establece que la Justicia "puede imponer al responsable del incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia".

Algunas de las medidas al alcance de los jueces son, por ejemplo, embargos de sueldo o bienes, y prohibición para salir del país. Pero hay más: hace cinco meses, en Rosario, la Justicia le prohibió a un padre incumplidor asistir a espectáculos deportivos, renovar la licencia de conductor y hasta le bloqueó las redes sociales. También en Córdoba, en junio del año pasado, un tribunal le prohibió a otro deudor jugar al fútbol con sus amigos en un torneo amateur.

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