Como en el resto del país, en San Juan también se deberán restituir pensiones por discapacidad

La Defensoría del Pueblo confirmó que el fallo de la Justicia Federal alcanza a la provincia.

San Juan18/10/2025INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
md - 2025-10-18T114519.434

La Justicia ordenó restituir las pensiones por discapacidad tras un reclamo realizará por distintas entidades, entre ellas la Defensoría del Pueblo de la provincia. Esta resolución también beneficia a los sanjuaninos que les quitaron el beneficio en los últimos meses.

“El amparo colectivo impulsado desde la Defensoría del Pueblo de San Juan consiguió una resolución ejemplar que protege los derechos de miles de personas con discapacidad, ordenando rehabilitar los beneficios afectados y suspender las suspensiones arbitrarias”, dijo Florencia Peñaloza, titular de la Defensoría del Pueblo.

 A esto agregó que: “Este fallo histórico demuestra que cuando se defiende con convicción, empatía y compromiso, la justicia puede alcanzar a todos”.

 El Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca extendió a todo el territorio nacional la medida cautelar que había dictado en septiembre de 2025, en el marco del amparo colectivo presentado por la suspensión masiva de pensiones dispuestas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).

 En ese juzgado se acumularon presentaciones de actores como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ, la Asociación Azul y particulares patrocinados por la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de La Plata.

El fallo ordena a la Andis a “que, en el plazo de veinticuatro (24 hs) desde el dictado de la presente, restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas, pague el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha, en todo el territorio nacional; y, de igual modo, hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, se abstenga de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (dec. 843/2024) y de disponer nuevas suspensiones de pensiones no contributivas por incapacidad laboral”.

La sentencia reconoce que las suspensiones afectaron de manera homogénea a miles de titulares de pensiones no contributivas por invalidez laboral y confirma que se trata de un caso colectivo, en el que las vulneraciones comparten una misma causa fáctica y normativa.

(0264Noticias)

 
 
 

Te puede interesar
Lo más visto