El BCRA levantó la restricción para comprar dólar MEP o CCL a quienes recibieron subsidios en pandemia

Hasta la fecha los trabajadores que habían percibido sus salarios con el programa ATP en 2020 no podían comprar dólar MEP o Contado con Liquidación.

El Banco Central anunció este martes una nueva flexibilización en el cepo al dólar, ahora para permitir a las personas físicas que percibieron sus salarios a través del ATP o del IFE durante la pandemia de coronavirus compren la divisa tanto en el mercado oficial como en el financiero (es decir, dólar MEP y Contado con Liquidación).

Por disposición del Directorio del Banco Central se permitirá que las personas que recibieron alguna ayuda por parte del Estado durante la pandemia, o que aún son benefician subsidios en sus facturas de servicios públicos, puedan realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera.

Al margen de habilitar nuevamente la capacidad de personas físicas para comprar dólares a cotizaciones oficiales la medida también les permitirá suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias, informó el sitio Ámbito Financiero.

"Desde que asumieron las autoridades del BCRA, el 10 de diciembre de 2023, el flujo de importaciones que se encontraba virtualmente frenado por las innumerables trabas al acceso al mercado cambiario y los niveles de endeudamiento comercial acumulados se fue normalizado con un esquema de pagos transparente y previsible. En el transcurso del primer semestre de 2024, los pagos de importaciones cursados por el MLC volvieron al entorno del 100% del monto mensual promedio de importaciones", informó la autoridad monetaria.

Además de la medida que afecta a los ciudadanos, el Banco Central también acortó los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, y subió el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en ese ámbito.

Por eso, desde el 1° de agosto de 2024 los pagos de ciertos bienes tendrán un plazo de acceso al MULC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero.

El resto de los productos se pagarán con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero.

Pero a partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una.

Los bienes vinculados a la energía se pagan al contado al igual que los productos farmacéuticos y otros relacionados a la atención de la salud.

Mismo caso es el de los fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local; los productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por MiPyMEs, que hoy en día tienen acceso al MULC a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero.

Luego, los bienes suntuarios y los autos terminados se empiezan a pagar al cumplirse los 120 días del registro aduanero.

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