
La potencia campeona de Europa trepó a lo más alto tras la actualización publicada este jueves. La Selección de Scaloni cayó al tercer lugar, detrás de Francia.
La medida es porque el producto carecía de registro y estaba falsamente rotulado.
Argentina09/06/2021 Vero GuzmánLa Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de un alimento a base de avena por carecer de registro de producto y por estar "falsamente" rotulado como libre de gluten.
Mediante la Disposición 4014/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo en todo el territorio nacional, la “Avena Arrollada Fina, Libre de Gluten, RNPA: EX – 2021- 00766151-GDEBA-DIYPAMDAGP”, y “Avena Arrollada, Libre de Gluten, RNPA: EX - 2021 -00242429-GDEBA-DIYPAMDAGP”, ambos de la marca “Yin Yang”, elaborados por Dietética Científica Sociedad Anónima Comercial Industrial Financiera Inmobiliaria”, RNE Nº 010225231, por carecer de registro de producto y por estar falsamente rotulados al consignar el atributo de Alimentos Libres de Gluten, resultando ser en consecuencia ilegales”.
En la resolución se señala que “las actuaciones se iniciaron raíz de varias consultas de consumidores realizadas ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación al atributo libre de gluten de los productos que no cumplirían con la normativa alimentaria vigente”.
“El INAL realizó a través del SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos) la consulta federal a la Dirección de Industria y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires, a fin de verificar si el registro de producto que se exhiben en los rótulos de los productos investigados se encuentran autorizados, a lo que la DIPA informó que los expedientes de inscripción se encuentran en trámite y que en ambos expedientes se han formulado observaciones”.
De la investigación surgió que la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires informó que la firma ya había sido advertida de que los productos no podían contener el atributo “libre de gluten” pues, según el Código Alimentario Argentino, la avena es un cereal incompatible con esa definición.
A través de su página web, la ANMAT comunicó a la población celiaca que la razón social Dietética Científica SACI Fin Inm comenzó el retiro preventivo del mercado nacional de los productos por lo que recomienda a la población celiaca se abstenga de consumirlos y a quienes lo expendan que los retiren de la comercialización y contacten al proveedor.
Cabe aclarar que los mismos no representan riesgo alguno para la población que no es celíaca.
Sin embargo, la disposición precisó que "a fin de proteger la salud de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que contengan trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que posean la leyenda 'Libre de Gluten' sin corresponderle dicho atributo , es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los referidos productos".
La decisión fue comunicada a los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, como así también a las distintas cámaras de supermercadistas.
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