
Todas las pensiones por invalidez suspendidas por ANDIS se vuelven a reactivar
Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, se da en el marco de la medida cautelar dictada por la Justicia de Catamarca.
Mariano De los Heros explicó que lo que percibe la exmandataria "no se trata de una jubilación o pensión" y justificó el hecho de mantener el beneficio de Carlos Menem.
Argentina17/11/2024El titular de ANSES, Mariano De los Heros, aseguró este domingo que "sería oportuno que se derogue el artículo que establece la asignación vitalicia en favor a presidentes y ex vicepresidentes, con un salario equivalente a un Ministro de la Nación". El gobierno de Javier Milei oficializó esta semana la quita de los beneficios.
Asimismo, reveló que la ex presidenta Cristina Kirchner "cobró en noviembre $35.255.297" y aclaró que “no se trata de una jubilación o pensión sino una asignación graciable”.
Además, detalló que la exfuncionaria presentó un certificado de domicilio de Río Gallegos, y por esa razón percibía un suplemento de zona austral que suma 6.354.523 de pesos. “Lo que cobraba era equivalente a 139 jubilaciones mínimas, 388 Asignaciones Universales por Hijo, y a 21 jubilaciones máximas. Todo puede ser revisado judicialmente”, sostuvo.
"Hay un derecho adquirido en la medida que se mantengan las condiciones que dieron origen a ese derecho", precisó De los Heros en declaraciones al programa Si pasa, pasa, que conduce el periodista Ignacio Ortelli por Radio Rivadavia.
Respecto a la decisión de conservar el derecho de percibir ese beneficio al presidente fallecido Carlos Menem, el funcionario explicó: "Menem fallece siendo senador y las causas penales se extinguen con la muerte. En el caso de Zulema Yoma, no hay ninguna cláusula de indignidad en ella, como sí la tiene Cristina".
Según detalló De Los Heros, la justificación para la quita de asignaciones a la expresidenta reside en la existencia de una sentencia definitiva que la condena por delitos contra la administración pública y un enriquecimiento ilícito, en referencia al fallo de la Cámara de Casación en la causa Vialidad. “La existencia de un posible recurso extraordinario no menoscaba en absoluto la existencia de una sentencia definitiva”, justificó.
“No se trata de una jubilación o pensión sino una asignación graciable que la ley le da a los presidentes y expresidentes pero que no tienen carácter contributivo y lo ha dicho la Corte hasta el cansancio. No son prestaciones previsionales”, insistió.
Asimismo, precisó: “Al igual que en una donación, si alguien atenta contra un donante, existe lo que se llama la indignidad como causal de revocación de esa donación. Acá, la indignidad ha sido ser condenado con un doble conforme y habiendo obtenido una sentencia definitiva. Se han agotado las instancias ordinarias”.
Por último, el funcionario aseveró que hay un cambio cultural que también impactará en la justicia y lo que, espera, hará revisitar la responsabilidad institucional del poder. “Todo era un abuso de derecho y a eso nos tenían acostumbrados. Seamos todos iguales ante la ley”, concluyó.
Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, se da en el marco de la medida cautelar dictada por la Justicia de Catamarca.
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