
Gobierno nacional prorrogó la prohibición de despidos y la doble indemnización
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A través del decreto Nº 39/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional prorrogó la vigencia de la doble indemnización y la prohibición de despidos o suspensiones.
La norma amplía hasta el 31 de diciembre próximo la emergencia pública ocupacional, que fue decretada en marzo del año pasado con el objetivo para mitigar el impacto de la pandemia sobre los empleos registrados.
Dispone también que la prohibición de despidos sin justa causa y por las causales de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo se extienda por el plazo de noventa días corridos contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 891/20, el 29 de enero.
Mientras dure la emergencia ocupacional seguirá vigente el derecho para los empleados a percibir el doble de la indemnización correspondiente si son echados “sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva”.
El texto asegura que si alguna empresa no cumple, los despidos y las suspensiones que se dispongan “no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.
Además se ratificó que el coronavirus será considerado como “una enfermedad profesional” siempre que afecte a un trabajador en relación de dependencia que haya cumplido sus tareas fuera de su domicilio particular.
El decreto lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros nacionales. La norma original fue prorrogada en varias oportunidades durante este tipo.
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