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Argentina26/04/2022Este martes ingresaron dos denuncias penales contra el intendente de Morón Lucas Ghi. Una fue formulada por el abogado Fernando Sarabozo y la otra por el diputado de Juntos por el Cambio Waldo Wolff. Ambas apuntan contra el jefe comunal y otros funcionarios de la Dirección de Juventudes, quienes organizaron un festival cultural, recreativo y gastronómico para toda la familia, pero que terminó envuelto en una polémica por la difusión de una campaña con consejos para lo que consideraron el “consumo responsable de drogas”.
Intendente de Morón, Lucas Ghi.
“Acordate de estos consejos. El porro conseguilo de fuentes confiables. Con la cocaína y las pastillas andá de a poco y despacio. Tomá poquito para que ver cómo reacciona tu cuerpo”, decía uno de los folletos que se entregaban en mano a los presentes en el predio Quinta Seré, en Castelar, a modo de consejos para un consumo responsable.
Según sostiene Sarabozo en el escrito presentado ante el Juzgado Federal 1° a cargo del juez Martín Ramos, “los funcionarios públicos no deben incentivar este tipo de conductas nocivas para la salud, ni naturalizarlas, todo lo contrario, su accionar debe estar dirigido a que se eviten. Es sugestiva esta recomendación a personas que transitan el camino de las drogas y de alguna forma son esclavos de estas adicciones”.
La conducta del intendente Ghi como la de los funcionarios municipales encuadraría en los términos del art. 28 de la Ley 23.737 que reza: “El que públicamente imparta instrucciones acerca de la producción, fabricación, elaboración o uso de estupefacientes, será reprimido con prisión de 2 a 8 años…”, sostiene la denuncia penal.
“Independientemente de la responsabilidad penal que le cabe a quienes diseñaron y ordenaron la distribución de estos volantes, no puede desestimarse la que le cabe a los funcionarios jerárquicos que pasivamente lo toleraron y tuvieron los resortes para impedir esta situación y omitieron ejercer los deberes impuestos por las leyes o reglamentos a su cargo”, añadió Sarabozo.
Por tal motivo, añade la denuncia, resultaría aplicable también la figura prevista en el art. 23 de dicha ley que reza: “Sera reprimido …. el funcionario público dependiente de la autoridad sanitaria con responsabilidad funcional sobre el control de comercialización de estupefacientes, que no ejecutare los deberes impuestos por las leyes o reglamentos a su cargo u omitiere cumplir las órdenes que en consecuencia de aquellos le impartieren sus superiores jerárquicos …”.
Por su parte, el diputado nacional de JxC aseguró que “cuando el Estado fomenta el delito es un Estado delincuencial” y recordó que los hechos podrían constituir los delitos previstos y reprimidos también en el artículo 12, inc. a) de la mencionada ley, como así también el artículo 209 del Código Penal.
En su denuncia, Wolff resalta que en distintos medios los funcionarios de la municipalidad de Morón reconocieron la autoría de la campana y no se arrepintieron de su contenido ni de la forma en que se publicitó el consumo de sustancias prohibidas por la ley.
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