Conflicto: La Justicia ordena a ginecólogos a que sigan recibiendo Obra Social Provincia

Los especialistas que incumplan esta orden judicial podrán ser sancionados, ya que se estableció una medida cautelar planteada por Fiscalía de Estado.

San Juan01/11/2022INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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El juez del Quinto Civil, Pablo Farina, hizo lugar anoche a una medida cautelar que había presentado Fiscalía de Estado por pedido de la Obra Social Provincia (OSP). En la práctica significa que la atención médica deberá ser normal hoy porque en caso contrario los médicos que incumplan con la orden judicial pueden ser sancionados. Fue tras el anuncio de los profesionales nucleados en la Asociación de Obstetricia y Ginecología de San Juan (Asog) de dejar de dar cobertura social a los afiliados tanto para la atención médica como para los partos y empezar a funcionar con el sistema de reintegros.

Carlos Bordes, presidente del Colegio Médico, confirmó anoche la decisión judicial y dijo que iban a acatar la decisión. "No podemos desoír una orden del juez", dijo el profesional.

Lo que hizo Fiscalía de Estado fue presentar pasado el mediodía de ayer una acción de amparo para que los profesionales de la Asog se "abstengan" de concretar medidas de fuerza que afecten el servicio de salud en la provincia. Y junto con ese pedido acompañó una medida cautelar innovativa para que cesen en forma inmediata los efectos de las decisiones anunciadas por la entidad médica.

Anoche, en un comunicado dado a conocer desde el Ministerio de Salud Pública de la provincia, se explicó que la decisión de judicializar al conflicto con la entidad médica se debía a la "actitud unilateral e intempestiva de los ginecólogos y obstetras nucleados en Asog", que ponía en juego "la salud de más de 150.000 mil sanjuaninos que se encuentran afiliados a la Obra Social, que implica que no se les puede requerir que abonen en efectivo a los afiliados, ya que eso significaría desconocer la grave situación económica del país y a los efectos de preservar la salud pública y la prestación efectiva de los servicios de ginecología en San Juan".

El conflicto se originó cuando, tal cual lo plantearon en un comunicado, los profesionales de la Asog anticiparon la decisión de "renunciar" a partir de hoy martes al cobro de honorarios a través de entes intermediarios. Entre los argumentos mencionaban "retrasos" en los pagos y "descuentos" por trabajos administrativos. Y que iban a empezar a funcionar por el sistema de reintegros, que implica que el paciente debe abonar con su dinero la práctica médica y después pedir a la OSP que le devuelvan el importe.

Otra cuestión es que la Asog pretende que se empiece a aplicar un nomenclador nacional de honorarios, más elevado que el que considera la OSP en la actualidad.

El vocero de la Asog, Gustavo Mofficone, explicó que, por ejemplo, mientras la OSP abona por la consulta médica $1.659, el valor sugerido desde la federación nacional era de $3.800, aunque el pedido era que, al menos, se considerara un monto de $2.000. Para un parto, la OSP paga $42.000, cuando la cifra sugerida por la entidad nacional rondaba los $80.000.

Lo que resolvió anoche el juez Farina es la medida cautelar innovativa, que tiene como propósito dejar sin efecto las medidas anunciadas desde la Asog y ordenar a los profesionales seguir prestando el servicio de salud en forma normal hasta tanto se llegue a un acuerdo sobre el reclamo de la entidad.

En el planteo de la Fiscalía de Estado también se había solicitado un pedido de multa diaria que se debería aplicar a cada profesional que no cumpla con el servicio. Y, además, sanciones previstas en el artículo 239 del Código Penal que establece que será reprimido con prisión de 15 días a un año al que no obedezca la orden de un funcionario público y no brinde asistencia a una persona que lo pida. El otro es el artículo 106 del mismo código, que se refiere al abandono de personas y que establece una pena de prisión de dos a seis años para el que ponga en riesgo la vida o la salud de otra persona.

En la presentación judicial se había invocado la situación de las parturientas y de aquellos pacientes que requieren atención médica y que no tienen recursos para afrontar con su bolsillo los gastos que demanden ya sea un parto o una consulta médica.

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