Le dio una trompada en el rostro y patadas en la espalda a su pareja: Pero no irá a la cárcel

Además, el sujeto produjo daños en la vivienda de la víctima como la rotura de dos armarios, un caloventor y un espejo. Fue condenado a prisión condicional.

San Juan05/12/2023INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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Un hombre, que agredió de manera brutal a su pareja, con trompadas en el rostro y patadas en la espalda, y además ocasionó daños en la vivienda de la víctima, fue condenado a 1 año de prisión de cumplimiento condicional, es decir que zafó de ir preso al Penal de Chimbas. 

 Según fuentes judiciales, el domingo por la noche la Brigada de la UFI del Norte tomó conocimiento que una mujer era agredida físicamente por su pareja. Al llegar al lugar, los policías observaron a la víctima muy angustiada y llorando con un niño en brazos en la vereda de la casa. 

 Ella les contó a los uniformados que había tenido una pelea con su pareja, con Rodrigo Nahuel Pereyra. Con este sujeto convive y posee un hijo en común. La mujer relató que la golpeó físicamente, pegándole un golpe de puño en su rostro, patadas en la espalda y en la zona de la cintura, así como también en los brazos mientras la tenía sujeta en el suelo. 

 Cuando pudo evadirse de la agresión, salió del domicilio con su hijo. Finalmente contó que cuando volvió a ingresar al domicilio con personal policial, se dio cuenta de los daños que el hombre había ocasionado en la casa, tales como rotura de un armario de la habitación de su hijo, la rotura del armario de la habitación de la pareja, rotura de una caloventor, de un espejo, y el desparramo de la ropa interior de la víctima por los fondos de la vivienda. 

 Asimismo, en momentos en que el personal de la Brigada de la UFI del Norte estaba entrevistando a la víctima, el sujeto salió de la casa, momento en que fue detenido.

Este martes, Pereyra fue condenado a la pena de 1 año de prisión de cumplimiento condicional, exclusión del hogar, prohibición de contacto y de acercamiento a una distancia no menor de 200 metros; asistencia a la víctima para abordaje terapéutico.

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