Tierra del Fuego podrá vender al resto del país sin recargos impositivos

El Gobierno eliminó las restricciones fiscales que encarecían las ventas directas desde la isla. Ahora, las operaciones vía correo o plataformas digitales serán consideradas consumo interno.

Argentina05/08/2025INFOVALLEFERTIL INNOVA CJRINFOVALLEFERTIL INNOVA CJR
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El Ejecutivo nacional formalizó este lunes una modificación significativa en el régimen fiscal que afecta a las empresas radicadas en Tierra del Fuego. A través del Decreto 535/2025, publicado en el Boletín Oficial, se suprimieron las restricciones tributarias que regían sobre las ventas realizadas desde la isla hacia el territorio continental cuando se trataba de envíos directos a consumidores finales.

La medida representa un cambio importante en el tratamiento impositivo de estas operaciones, que hasta ahora eran equiparadas a procesos de importación, generando cargas fiscales adicionales que impactaban en el precio final de productos como celulares, televisores, microondas y otros electrodomésticos de pequeño porte.

Con el nuevo criterio, se establece que las ventas efectuadas mediante servicios postales puerta a puerta —como el Correo Argentino o couriers— serán consideradas como consumo interno, aun cuando los productos se despachen desde la Zona Aduanera Especial fueguina. Esto incluye, por ejemplo, las operaciones a través de plataformas de e-commerce.

El decreto redefine la manera en que se aplican impuestos como el IVA y Ganancias, evitando la necesidad de emitir facturas con percepciones o generar saldos fiscales difíciles de utilizar. Esto, a su vez, elimina una traba que históricamente desalentaba la venta directa desde la isla y obligaba a las empresas a operar mediante intermediarios.

Para garantizar la implementación efectiva del cambio, la normativa fue acompañada por la Resolución General Conjunta 5512/2025, firmada por la AFIP, y la Resolución 1463/2025, emitida por la Secretaría de Hacienda. Ambas establecen el marco operativo y dejan sin efecto disposiciones anteriores que consideraban esas operaciones como importaciones.

El impacto será especialmente favorable para las industrias instaladas en Ushuaia y Río Grande, que ahora tendrán la posibilidad de ampliar sus canales minoristas a todo el país, con una carga fiscal más liviana y procedimientos administrativos simplificados. También se espera una mejora en la competitividad de sus productos frente a los fabricados o importados desde otras regiones.

Por otra parte, se mantendrá vigente el régimen simplificado de pequeños envíos, que permite a cada persona realizar hasta tres compras anuales bajo la modalidad puerta a puerta, con un límite de hasta 3.000 dólares por operación.

Finalmente, el decreto instruye a los organismos competentes —entre ellos la Dirección General de Aduanas, la Secretaría de Hacienda y el ente ARCA— a coordinar tareas de fiscalización para garantizar que las nuevas condiciones se cumplan sin alterar los controles existentes sobre el comercio electrónico.

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